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Análisis de la categoría jurídica del precio público y su delimitación con la tasa desde la perspectiva constitucional

  • Autores: Angel Aguallo Avilés
  • Directores de la Tesis: Jaime García Añoveros (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Sevilla ( España ) en 1991
  • Idioma: español
  • Número de páginas: 502
  • Tribunal Calificador de la Tesis: José Juan Ferreiro Lapatza (presid.), Juan Calero (secret.), Fernando Pérez Royo (voc.), José Manuel Tejerizo López (voc.), Francisco Escribano López (voc.)
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: Idus
  • Dialnet Métricas: 5 Citas
  • Resumen
    • La ltpp y la lrhl han desgajado del concepto tradicional de tasa un conjunto de ingresos a los que se ha bautizado como "precios públicos", resucitando, de este modo, una vieja cuestión de la hacienda publica: la distinción entre tasas y precios. Conforme a la mayoría de la doctrina, la regulación de esta nueva categoría jurídica sería inconstitucional porque siendo una de las "prestaciones de carácter público" del artículo 31.3 le, la ley no determina suficientemente los elementos esenciales de la misma, relegando la fijación de los precios públicos a órganos que en nada satisfacen el principio se autoimpusieron. Se defiende sin embargo en la tesis que solo algunos precios públicos constituyen una de las prestaciones a que alude el artículo 31.3 le, equivalentes a las "prestazioni imposte" del derecho italiano. En este sentido, ciertos precios "coactivos" -verdaderos tributos- conculcan la constitución al no establecer ningún límite -implícito o explicito- del quántum de la prestación; otros, en cambio, obedecen el mandato constitucional.


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