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Derecho y justicia en el pensamiento de Luis Legaz y Lacambra

  • Autores: Ana Cebeira Moro
  • Directores de la Tesis: Gregorio Robles Morchón (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Valladolid ( España ) en 2005
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: María Ángeles López Moreno (presid.), Jesús Luis Castillo Vegas (secret.), Ignacio Sánchez Cámara (voc.), Enrique Marcano Buénaga (voc.), Diego Medina Morales (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La finalidad perseguida en esta tesis doctoral es sobre todo la de exponer el pensamiento filosófico-jurídico legaciano. No hemos pretendido realizar un estudio de todo el pensamiento de Legaz sino que nos hemos centrado en ciertos aspectos básicos de su filosofía jurídica como son el concepto y el fundamento del Derecho.

      Lo primero que tratamos es la relación que para Legaz se da entre ciencia y filosofía, obesrvando que para él existe una relación de continuidad entre ambos saberes considerándolas dos modos digualmente imprescindibles de captar lo real por medio de la razón. Dentro del ámbito jurídico, la ciencia y la filosofía también son para el maestro aragonés dos modos necesarios y complementarios para comprender de manera total la realidad del Derecho.

      Después de tratar el problema epistemológico, nos introducimos en la cuestión del concepto y fundamento del Derecho defendidos por Legaz. Se observa que en su concepción del Derecho se da una recíproca implicación entre lo social, lo ético o axiológico y lo propiamente jurídico. Se ven así coimplicadas la realidad social, las normas y los valores como criterios de justicia. Todo ello constituye lo que él llama la unidad estructural del Derecho.

      Por otro lado, el Derecho natural se encuentra siempre presente a lo largo de toda la obra legaciana. Cuando habla del Derecho natural no se cuestiona la existencia o no del mismo sino que lo que pretende es averiguar en qué consiste aquello que tradicionalmente se define con ese nombre.

      En la filosofía jurídica legaciana, el concepto de persona desempeña un papel centrar a pesar de que no aparezca expresamente formulado en su definición del Derecho. Para Legaz el punto de partida debe ser una teoría filosófica sobre la cual asentar el ulterior concepto jurídico de persona, para lo cual opta por una metafísica personalista fundada en la libertad e inviolabilidad de cada persona.

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