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Resumen de El art. 47 de la Constitución Española: su concreción en la legislación protectora de la vivienda

José Muñoz Castillo

  • Su objeto es el estudio de la ordenación jurídico administrativa de la vivienda. A tal efecto, en el Título I, partiendo de una referencia a la evolución histórica de la legislación de protección a la vivienda, se estudia el impacto que supone la entrada en vigor de la Constitución Española.

    Ello obliga a considerar con detenimiento el contenido y alcance del Artº. 47 de la Carta Magna, regulado como un Principio Rector, por lo que se eficacia real bien determinada por el Artº. 53.3 de la constitución Española. Esta circunstancia se pone de manifiesto en la tesis, al tiempo que se realiza un intento de delimitación de los conceptos jurídicos indeterminados "vivienda digna y adecuada", tomando como apoyo la legislación protectora y la Normativa Técnica de Habitabilidad. Diseño y Calidad, de aplicación.

    El amandato que contiene el Artº. 47 CE, nos sitúa ante la distribución competencial y la implicación de varias Administraciones Públicas, hechos que contribuyen a configurar la naturaleza y las características de los Planes de Vivienda.

    En el Título II, se presta especial atención a la actividad administrativa de Fomento en esta materia, y muy singularmente, se examina la financiación cualificada de la vivienda y la estructuración de los Planes de Vivienda según la técnica normativa básica estatal, y normativa de desarrollo y ejecución autonómicas. Tras una referencia a las líneas de financiación del Plan de Vivienda 1998-2001, se analiza la prestación directa en materia de vivienda, su problemática, y las nuevas tendencias de integración social.


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