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La “confesionalización” de la cultura constitucional de Líbano en el siglo XIX

  • Autores: Tamara El Khoury
  • Directores de la Tesis: Manuel Martínez Neira (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Carlos III de Madrid ( España ) en 2012
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Pere Vilanova Vilanova (presid.), Manuel Ángel Bermejo Castrillo (secret.), Maurizio Fioravanti (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Este trabajo tiene como objeto la historia constitucional de Líbano en el siglo XIX, y más en concreto, la historia de la emergencia de una cultura confesional propiamente libanesa. Dicho objeto parte de las siguientes hipótesis de trabajo: primero, que el sistema confesional que se asentó en Líbano con la promulgación en 1926 de la primera constitución escrita de la República libanesa situada bajo Protectorado francés , halla sus orígenes en el siglo XIX y es por consiguiente pre-estatal; la constitución del 26 constituye en este sentido el reflejo de una cultura confesional preexistente. Segundo, que esa cultura confesional debe su existencia a la interacción, a lo largo del XIX, de tres actores: en primer lugar, el Imperio otomano, del que Líbano era administrativamente dependiente; en segundo lugar, las Potencias europeas, cuya intervención en los asuntos internos del Imperio aumentaría considerablemente a partir de la segunda mitad del siglo XIX; y en tercer lugar, los agentes sociales de Líbano, que desarrollarían diferentes modalidades de interacción para relacionarse con unos y con otros.

      Dado que nuestro objeto principal es la emergencia en el XIX de una auténtica cultura confesional libanesa, este trabajo se ha estructurado en dos grandes partes que permiten identificar las mutaciones de orden constitucional que se inscriben dentro del proceso de `confesionalización¿ del sistema. La primera parte tiene como objeto la tipificación del ordenamiento general de las relaciones sociales y políticas que se dan bajo el llamado régimen del Principado, y que vienen definidas por una lógica de naturaleza fundamentalmente jurisdiccional. En términos más concretos, se ha tratado de demostrar que aquel ordenamiento, que se configura en el contexto de una provincia autónoma, conforma una constitución mixta, y que la crisis de dicha constitución se produce como consecuencia de los intentos de sustituir el ideal del equilibrio que informa el ejercicio de la jurisdicción, por el ideal liberal de la igualdad que promueven las autoridades egipcias que ocupan el territorio con el fin de integrarlo mediante una política de centralización.

      Con este fin, la primera parte cuyo objeto es la constitución mixta del Principado libanés, se ha dividido a su vez en dos capítulos: en el primer capítulo se aborda el proceso de gestación de dicha constitución dentro del marco del principado territorial, y de su posterior evolución, o dicho en otros términos, su modo de funcionamiento, ya que existe a través del mismo; en el segundo se lleva a cabo un análisis de la política de centralización egipcia y de su impacto sobre la constitución mixta del Principado.

      La segunda parte tiene como objeto la `confesionalización¿ de la constitución libanesa. Dado que dicha `confesionalización¿ coincide con la restauración del gobierno otomano tras la retirada de las tropas egipcias y el fin del antiguo régimen del Principado, se ha interpretado en el marco del proceso de desarrollo e implementación de las Tanzimat que acompaña aquella restauración. Se ha tratado en este sentido de determinar cómo y por qué el principio de la igualdad que sustenta las reformas otomanas termina por encerrarse en el marco de un sistema confesional. Esta segunda parte también se ha dividido en dos capítulos. El primer capítulo aborda el régimen de las Qa`imaqamiyyatayn con el que las autoridades otomanas, bajo la presión de las Potencias europeas, dividen al antiguo Principado en dos distritos, el primero maronita, el segundo druso, y que desemboca en una revolución campesina que, no obstante su naturaleza liberal, se desenvuelve en un marco maronita y por tanto confesional. El segundo capítulo abarca el régimen del Mutasarrifiyyat que se aprueba en el marco de un tratado internacional entre el Estado otomano y el concierto europeo, y bajo el cual se vuelve a reunificar el territorio del antiguo Principado ¿no obstante las modificaciones realizadas al mismo¿ que se convierte en una autonomía constitucional. Se trata, a lo largo de esta segunda parte, de identificar las contribuciones de otomanos, europeos, y libaneses, a la articulación de los regímenes que vienen a desarrollar e implementar las Tanzimat, y a demostrar cómo la cultura confesional a la que dan lugar resulta de dichas contribuciones.

      En términos generales, la división del trabajo en dos partes, que tienen como objetos respectivos la constitución mixta y la constitución constitucional, permite la identificación de finalidades y modos de funcionamiento diferentes, que invitan a descartar la existencia de una supuesta continuidad en la experiencia constitucional libanesa, que vendría informada por el supuestamente inmutable sistema de los millet otomano.


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