Ayuda
Ir al contenido

Dialnet


Resumen de Los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos de Naciones Unidas como elementos de cambio en el orden internacional

Mireya Castañeda Hernández

  • La investigación examina la labor de los órganos de tratados de derechos humanos de Naciones Unidas y su impacto en el Derecho Internacional.

    Se parte de tres propuestas teóricas: la fragmentación del Derecho Internacional, los estudios sobre la internacionalización del derecho constitucional y/o constitucionalización del derecho internacional y el papel de estos órganos dentro de la propuesta de diálogos jurisprudenciales.

    En la primera parte del estudio, se aborda la base convencional de los órganos de tratados que incluye nueve tratados, dos en materia general y seis en cuestiones específicas de derechos humanos, así como nueve Protocolos Facultativos que incorporan competencias a los órganos de tratados.

    Una sección se dedica a las características normativas y a la protección sustantiva de derechos que brindan estos tratados, en esta parte se atienden casos resueltos por los órganos. Otro apartado se dedica al régimen y práctica de las reservas a estas convenciones, los Estados partes han formulado un gran número y diversidad de reservas de manera muy diferente, algunas de ellas objetadas por su contenido.

    La Universalidad es otro de los temas abordados; la titularidad universal de los derechos protegidos convencionalmente; y la aspiración de universalidad en la ratificación de todos los Estados parte de Naciones Unidas a éstos tratados, situación que varía entre los tratados.

    El estudio se refiere también a la protección realizada por las normas internacionales consuetudinarias y las normas de ius cogens, que, en algunos casos llega a contemplar normas de derechos fundamentales y se suma a la que ha alcanzado una protección convencional de derechos humanos en Naciones Unidas.

    La protección brindada por los tratados de D.D.H.H. de N.N.U.U. se destaca porque además de cubrir la posibilidad de que todos los países pertenecientes a las Naciones Unidas sean parte de ella, esta protección puede complementar la protección regional.

    Se tratan los debates sobre el establecimiento de cada uno de los órganos de tratados de D.D.H.H. de N.N.U.U, su integración, los elementos particulares de cada uno y sus competencias comunes.

    Se examina el proceso de fortalecimiento de los órganos creados en virtud de tratados, aprobados en 2014.

    En la segunda parte del estudio, después del enfoque normativo, se analiza el tema de control y control internacional, en función de su concepto. El control ha sido un elemento central en el ejercicio de las funciones de órganos nacionales e internacionales. Se señala el control de la convencionalidad en la sede interna, es decir, el que los Estados deben desarrollar a nivel internacional a través de sus órganos. Se analiza, como una falta de cumplimiento de las obligaciones internacionales y como un efecto de control, la determinación de la responsabilidad internacional.

    Uno de los elementos más cuestionados sobre el control que ejercen los órganos de tratados de D.D.H.H. de N.N.U.U son las decisiones que emiten, mismas que a pesar de sus diferencias y objetivos, comparten una naturaleza no vinculatoria, es así como se estudia su valor jurídico.

    Se realiza una revisión de la eficacia de las decisiones y de la eficiencia de los órganos de tratados. Para medir, de alguna manera, el impacto generado en el cumplimiento de las obligaciones convencionales, se considera una selección de resoluciones del Comité de Derechos Humanos, dirigido a los países de diferentes regiones, con el propósito de tener una comparación general, con el enfoque de universalidad manejado en investigación.

    Se considera la función interpretativa de las decisiones de los órganos de tratados de D.D.H.H. de N.N.U.U. Se analizan y retoman las reglas establecidas en la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados, así como las reglas establecidas en los tratados. Lo anterior se relaciona con el tema del "diálogo jurisprudencial" que se aborda en una sección posterior del estudio y que se refiere al intercambio de argumentos con otros órganos, como los tribunales regionales o los tribunales constitucionales o supremos, así como con los órganos legislativos o instituciones nacionales de derechos humanos.

    En la tercera parte, se aborda la internacionalización del derecho constitucional y/o la constitucionalización del derecho internacional, lo que conduce a la reflexión no solo sobre estas ramas de estudio, sino también sobre el derecho en general y su reflexión teórica. Como parte justificadora del presente estudio, se aborda la fragmentación del Derecho Internacional y el papel de los órganos de tratados.

    En principio, se pensó resaltar principalmente los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, para su desarrollo jurisprudencial a través de Observaciones Generales, pero las contribuciones que brindan materialmente estos órganos de tratados permiten un estudio de las contribuciones en el diferentes temas a los que se enfocan estos órganos, donde se destaca la especificidad de ciertos grupos o el fortalecimiento de los derechos civiles y políticos que han buscado las respectivas convenciones y que también se desarrolla en la resolución de las comunicaciones individuales.

    En la parte final de la investigación, se abordan las transformaciones en el Derecho Internacional, con cambios dentro de los Estados en el cumplimiento de las obligaciones convencionales, la incorporación de la persona o grupo de personas como sujetos de derecho internacional, el papel de las organizaciones no gubernamentales y de las empresas y en este contexto, se reitera el protagonismo de los órganos de tratados de D.D.H.H. de N.N.U.U, que realizan tareas de control convencionales, ejercen una tarea específica y autónoma, con efectos dentro de los Estados ante los que tienen competencia expresa.

    Se aborda la doctrina del "diálogo jurisprudencial", que propone el intercambio argumentativo entre los órganos jurisdiccionales regionales, nacionales y otros órganos. El planteamiento que se formula es el papel que representa la jurisprudencia de los órganos de tratados de D.D.H.H. de N.N.U.U en ese diálogo y en el Derecho. Finalmente, se retoma el tema del proceso de fortalecimiento que se desarrolló en las Naciones Unidas, especificando algunos de los puntos considerados de mayor importancia o que no se abordaron en esta resolución y que pueden contribuir a su trabajo.


Fundación Dialnet

Dialnet Plus

  • Más información sobre Dialnet Plus