El propósito fundamental de este trabajo es considerar la conexión entre el tratamiento Automatizado de datos (ley 5/92, de 29 de octubre, de regulación de tratamiento automatizado de datos de carácter personal) y la relación laboral, desde la óptica del derecho a la intimidad del trabajador. Con este propósito el análisis de la tutela de la vida privada e intimidad del trabajador se sitúa en dos planos distintos, ante el agente lesivo, por autonomasia, el empresario y frente a otros, que en un momento determinado juegan un papel importante en la relación laboral y que en el desenvolvimiento de su actuación tienen conocimiento de datos de carácter personal relativos al trabajador: los intermediarios en la colocación (empresas de selección del personal, agencias de colocación, empresas de trabajo temporal), la Administración de la Seguridad Social y entidades colaboradoras y los representantes de los trabajadores.
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