El orden público, desde su "importación" de la Constitucion francesa de 1791 a la Constitución española de 1812 se ha configurado como un concepto esencialmente contingente debido a su caractr ambiguo y multivoco. Ha servido como una autentica correa de transmision entre el antiguo regimen y las monarquias contitucionales que surgen despues de la Revolucion Francesa.
Además su función ha consistido fundamentalmente en limitar derechos políticos y libertades publicas sin más justificación que la invocación de este concepto.
Mi tesis doctoral pretende ante todo dilucidar el sentido actual de la noción de orden público y sistematizar los elementos jurídicos objetivos que deben regir su correcta interpretación y aplicación.
El metodo propuesto para esta labor hermecreutica es el clasico de SAVIGNY; y esencialmente la estructura de la tesis coincide con sus elementos constitutivos; el literal, el historico, el sistematico, el contextual y el sociologico.
Las conclusiones fundamentales de mi tesis doctoral son las siguientes:
1º Que el orden publico es un concepto juridico-constitucional 2º Que su transgresión conllevará la de algún precepto legal 3º Que su aplicación requiere una fundamentación jurídica 4º Ademas es necesaria la ponderacion y proporcionalidad entre la medida restrictiva y la finalidad que se persigue contitucionalmente.
© 2001-2024 Fundación Dialnet · Todos los derechos reservados