La Tesis que se mantiene consiste en que los agentes policiales españoles que luchan contra el crimen organizado, y especialmente los agentes antidroga, asumen, a título personal, riesgos jurídicos de enorme transcendencia, dadas las interpretaciones contradictorias que penal y procesalmente, pueden realizarse de las nuevas herramientas de investigación criminal legalmente existentes en España.
Básicamente los riesgos antedichos proceden de la interacción de las siguientes herramientas que, si bien de inicio y aisladamente consideradas son beneficiosas, su conjunción y empleo torticero como armas de defensa, por los integrantes de la delincuencia organizada, puede producir efectos graves no sólo sobre la eficacia de las actuaciones policiales, sino muy directamente contra los arriesgados agentes policiales que la combaten. Son, en esencia:
* Narcotraficantes que se arrepienten y que, como defensa, acusan a los agentes policiales (Art. 378 CP).
* Confidentes policiales cuya constancia e identidad no se reflejó claramente en los atestados por razones obvias, dada la no regulación jurídica de la figura.
* Agentes policiales Encubiertos, que deben testificar obligatoriamente en el proceso penal subsiguiente, con riesgo de procesamiento y condena, dadas las enormes deficiencias operativas de la legislación aplicable (Art. 282.bis. LECr).
El estudio profundiza en que toda delincuencia organizada [terrorismo, narcotráfico, ...] se defiende a sí misma no de cualquier manera, sino con el potencial que le da su propia estructura y sus abundantes recursos. Y entre las vías más rentables para lograr absoluciones de sus miembros detenidos, o ineficacia policial contra el resto de estructura que todavía pervive, se encuentra la de la destrucción del aparato policial, ya sea imputando a los propios policías como violadores de derechos fundamentales para anular las diligencias de investigación aportadas, o acusándoles directamente
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