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La potestad normativa de las administraciones independientes

  • Autores: Pablo García-Manzano Jiménez de Andrade
  • Directores de la Tesis: Juan Alfonso Santamaría Pastor (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad Complutense de Madrid ( España ) en 2011
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Santiago Muñoz Machado (presid.), Rafael Gómez-Ferrer Morant (secret.), Raúl Eugenio Bocanegra Sierra (voc.), José María Baño León (voc.), Andrés Betancor Rodríguez (voc.)
  • Materias:
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  • Resumen
    • En la tesis doctoral depositada en el Departamento de Derecho Administrativo, se intenta un acercamiento desde el punto de vista del Derecho público a la potestad reglamentaria, hoy extendida en la práctica, de las llamadas Administraciones independi entes (para lo que se procede de forma previa a una delimitación de éstas conforme al régimen legal de las Leyes 6/1997, 2/2011 y el previsto en cada una de las que tienen reconocida potestad normativa y la han ejercido efectivamente).

      Ell o conlleva una aproximación a tres órdenes de problemas diferentes:

      .- De un lado, la cuestión que puede considerarse ya clásica de la configuración de las Administraciones independientes: su justificación constitucional, su creciente exte nsión y la tendencia a la acumulación por éstas de potestades que tradicionalmente estaban en la órbita del Gobierno o de la Administración en sentido estricto.

      .- En segundo término, de todos esos problemas interesan los que se refieren a la potestad normativa. Aunque ésta se reconoce ya por los diversos textos legales que crean esta entidades, los términos concretos de su ejercicio distan de ser claros. Sigue suscitando dudas el régimen de elaboración de estas normas, su modo de hab ilitación (por ley o mediante reglamento general) y el alcance del control sobre ellas.

      .- Todo ello conduce, en el fondo, a una tercera perspectiva que no puede dejar de tenerse en cuenta para la comprensión de éste fenómeno: la relativa a su encuadre en muchos casos en el ámbito del llamado Derecho de la regulación económica, con todas las singularidades que ello comporta y el estudio de las notas características del Derecho administrativo de la intervención sobre la vida económica, siempre en tensión con las exigencias constitucionales del ejercicio de la libertad de empresa reconocida por el artículo 38 de la Constitución. También este punto de vista reclama la atención al Derecho de la Unión Europea y a las recientes tendenc ias de internacionalización que se hacen presentes en buena parte de esta materia (en especial, por lo que hace a la regulación financiera).

      Acerca de los aspectos que se acaban de apuntar, en particular sobre el procedimiento formal que debe ob servarse en la elaboración de estas normas reglamentarias, su habilitación, rasgos generales de contenido y forma de control (vertientes todas ellas que determinan en definitiva su posición es en sistema de fuentes), trata de hacerse un analisis en p


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