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Régimen jurídico de las luces y las vistas en el código civil español

  • Autores: Carlos G. Ortega Melián
  • Directores de la Tesis: Ignacio Díaz de Lezcano Sevillano (dir. tes.), Carlos Lasarte Álvarez (codir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria ( España ) en 2000
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Carlos Larrainzar González (presid.), Luis A. Godoy Domínguez (secret.), Antonio Domingo Aznar (voc.), Carolina Mesa Marrero (voc.), Manuel Jaén Vallejo (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La Tesis doctoral analiza el regimen juridico de las luces y las vistas en el Codigo Civil español. En este sentido partimos de dos aspectos fundamentales en la materia, lo que son limites a la propiedad, y lo que constituye una propia y verdadera servidumbre.

      En la primera parte dedicada al regimen de las luces y las vistas, como limite al dominio, pretendemos analizar de manera inicial los conceptos de huecos para luces y ventanas y huecos para vistas. A partir de ahí se sustenta el diferente tratamiento juridico que merecen una y otra situación.

      A ello se suma el analisis de cuestiones como el ambito de las limitaciones establecidas en cada caso, con referencia especial a los supuestos que, estimamos, quedan fuera de la prohibición, no obstante la redacción del Codigo civil.

      En cuanto a la segunda parte, el regimen juridico de servidumbre de luces y vistas, hemos tratado separadamente dos cuestiones que, entendemos, son de notables interes y valor a estos efectos. Por un lado, el estudio de los caracteres de esta modalidad de servidumbre, cuyo resultado permite establecer los aspectos que definen tal figura; y que han de ser ineludiblemente tenidos en cuenta a efectos de su contitución. Por otro, el contenido atribuido a dicha servidumbre, conforme a lo a lo establecido en el propio Codigo civil; y en funcion de ello, los diversos problemas que se deducen de la interpretación del correspondiente precepto.

      Las Palmas de Gran Canaria, 20 de diciembre de 1999.


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