Juan Francisco Hurtado González
La Ley General Tributaria establece en los articulos 111 y 112 el deber de colaborar con la Administración tributaria facilitando información sobre otros sujetos ajenos a la relación jurídico-tributaria. En los últimos tiempos hemos asistido a un progresivo incremento de las situaciones en las que los ciudadanos han de aportar información sobre otros a las distintas Administraciones tributarias, adquiriendo este especial deber de los ciudadanos una gran importancia, motivo por el que hemos considerado interesante hacer un estudio de esta figura.
La Tesis se estructura en cinco capitulos. En el primer capitulo se estudio el deber de informar sobre terceros como prestación de los ciudadanos a favor de la Hacienda Pública. Tras el encuadre terminológico de la figura dentro de los demás deberes de colaboración de los ciudadanos recogidos en nuestro ordenamiento tributario se analiza el concepto y la naturaleza jurídica de este deber.
En el capítulo segundo se analizan las actuaciones administrativas de obtención de información, ya sea mediante requerimiento administrativo como mediante obtención directa de los órganos inspectores. Se hace un especial enfasis en el contenido de la información que puede obtener asi como en la impugnación y la suspensión de los requerimientos de datos sobre terceros.
El capitulo tercero se dedica al estudio de las numerosas situaciones de suministro de información esparcidas en nuestro ordenamiento jurídico.
El autor dedica la primera parte del capitulo al análisis de la importancia que tienen los datos obtenidos por suministro para la comprobación administrativa de los órganos de gestión, pues tras la reforma de la Ley General Tributaria de 1995 se amplian enormemente su capacidad comprobatoria.
En el capitulo cuarto se analizan las consecuencias del incumplimiento por los ciudadanos obligados, así como los efectos del transcurso del tiempo, dado que ni la L.G.T. Ni la L.D.G.C
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