En la Unión Europea se ha conformado un régimen especial para atender las peculiari-dades de la excepcional realidad de las regiones ultraperiféricas, con el propósito de facilitar su plena integración en el mercado interior. Tradicionalmente se ha considerado que la ultraperiferia se caracteriza por la concurrencia de determinados factores que condicionan el desarrollo social y económico regional. Sin embargo, particularmente a partir de los años 2008 y 2009, las instituciones europeas han reconocido que las regio-nes ultraperiféricas poseen otras características que proporcionan ventajas relevantes al conjunto de la Unión Europea, por lo que es preciso que su estrategia de integración comprenda también dichos elementos, especialmente en el marco de la Estrategia Euro-pa 2020 y en el contexto actual de una Unión Europea cada vez más preocupada por facilitar la participación regional en los asuntos europeos.
Canarias es la única Comunidad Autónoma que disfruta del régimen especial previsto en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, siendo una re-gión ultraperiférica con amplias facultades legislativas. Por consiguiente, resulta de inte-rés indagar si resulta factible establecer vías diferenciadas de colaboración entre la Co-munidad Autónoma de Canarias y el Estado que, atendiendo a la consideración ultrape-riférica del Archipiélago, propicien una integración efectiva en la Unión Europea. Un objetivo que requiere señalar previamente los elementos que definirían la noción de la ultraperiferia.
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