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Resumen de La difícil relación entre familia y Estado en la Unión Europea

Daniela Brienza

  • La difícil relación entre Familia y Estado en la Unión Europea A través del análisis de dos directivas y de las sentencias del Tribunal de Estrasburgo con este estudio se ha intentado analizar cuales formas de familias están tuteladas en el territorio de la Unión Europea y sobre todo verificar cuál es el nivel de tutela que la persona recibe, en el ejercicio de su derecho al la familia, cuando se encuentra en situaciones que pueden ser contrapuestas a los intereses del Estado. En el estudio se han desarrollado varios puntos 1. La constatación que en Europa está decayendo el sistema de familia de origen cristiano como estructura exclusiva en la que nacen y se forman las personas y que la familia ya no parece garantizar aquella ayuda que desde siempre ha venido dando al orden, a la estabilidad y a la integración social. Las nuevas formas de familia analizadas son: convivencias more uxorio, homosexuales, monoparentales. 2 Tras el análisis de la legislación de algunos de los Estados miembros sobre las nuevas formas de familia, emerge la diferente connotación jurídica para las personas diferentes del cónyuge tradicional. 3. Emerge la falta de una definición de familia a nivel comunitario.

    Con referencia a la tutela se nota un enfoque en las posiciones individuales en lugar de garantizar la familia como estructura. Éste enfoque es presente en el CEDH, en Carta de Niza y en las sentencias del Tribunal de Estrasburgo que contribuye a hacer efectivo los derechos.4.A nivel comunitario la única relación tutelada es la relación matrimonial heterosexual, reconocida por los ordenamientos de todos los Estados miembros. En la directiva 2004/38 sobre libre circulación el reconocimiento jurídico del estatus de familiar, para sujetos diferente del cónyuge, se reconoce sólo en la instancia de que la legislación del Estado de acogida lo prevea. De todas formas, por el artículo 18 TCE, los ciudadanos comunitarios gozan de la libertad de circulación y entonces de hecho pueden vivir juntos con el conviviente. 5. Más compleja es la situación del nacional del Tercer Estado que solicita la reagrupación familiar con su pareja. Los grandes flujos de inmigrantes complican el asunto y se verifican políticas restrictivas a nivel nacional.

    Todo esto resulta ser en contraste con la tutela de la familia que también a nivel internacional se proclama. 6. La directiva 2003/86 sobre reputación familiar de los nacionales de Tercer Estado de la Unión Europea deja amplios márgenes de discrecionalidad a los Estados miembros. 7. La misma directiva no queda exenta de críticas y contradicciones con referencia no sólo al partner, sino también a las a lo previsto para cónyuge polígamo y las menores. 8. Emerge una falta de garantías de defensa que la persona puede gozar frente a abusos e inferencias en su vida familiar. Son estos casos las que se dan con cierta frecuencia y que el Tribunal de Estrasburgo ha condenado en más de una ocasión, aun que tampoco el tribunal garantiza las garantías procesales.9. Por ultimo, la poligamia resulta ser un claro ejemplo de la restricción de los derechos. La poligamia, antes tolerada en los países de antigua inmigración como Francia, ahora resulta totalmente prohibida por la directiva 2003/86 que espesamente no la permite.

    En conclusión, se insiste, en ese trabajo, en el hecho de que la Unión Europea como entidad supranacional que ya no corresponde solo a finalidades económicas sino también políticas y culturales, debería dar una lectura no discriminatoria de los derechos fundamentales de los Seres Humanos, independientemente de sus estatus administrativo. Ahora bien, una vez eliminados casi todos los elementos que caracterizan el matrimonio cristiano, tutelar la persona y su derecho a la familia sin prejuicio de su país de origen, sino las limitaciones de una única estructura de familia, parece desde el punto de vista jurídico más fácil. Queda irresuelto el problema de cuáles son los valores y los principios a los que la Unión Europea querrá hacer referencia a la hora de determinar la familia, para que ella tenga un rol. Aun en los cambios la familia sigue siendo una realidad social importante y no es un sistema convencional que pueda ser superado.


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