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Resumen de Control penal de la corrupción: falacia y utopía de la política criminal

Jorge Andrés Amézquita Toro

  • El presente trabajo tiene por objeto alcanzar un modo de comprender la ineficacia del Derecho penal frente a la corrupción pública con fines de orden patrimonial. La comprensión gnoseológica de tal problemática es, fundamentalmente, de naturaleza criminológica. Y se dice «un modo» de comprensión, puesto que el paradigma epistemológico, la perspectiva teórica y la postura metodológica que se adopta para lograr tal cometido, permiten establecer tan sólo un «enunciado de posibilidad» sobre la definición del problema referenciado. El enfoque analítico, por tanto, se define por la formulación de una base gnoseológica que permite representar parte de las razones de tal ineficacia. Para ello se asume una perspectiva analítica desde la que concibe el comportamiento delictivo no tanto en su configuración externa y material (objetiva), sino en su dimensión interna y significativa (subjetiva). Planteado así el problema de estudio y el enfoque analítico, la cuestión central a resolver se define por el conjunto de factores que facilitan la impunidad del fenómeno criminal analizado. El fin último de la identificación de las circunstancias generadoras de impunidad se concreta de este modo en la promoción político-criminal de una línea alternativa de prevención que, acorde con la mirada subjetiva del fenómeno estudiado, no se identifica llanamente con las estrategias de intervención situacional del delito, sino con la redefinición de la posición social e institucional frente al interés jurídico tutelado por el Derecho penal. Para alcanzar semejantes propósitos, como se proyecta en la amplia Introducción General que se plantea, se propone una ruta de análisis que bascula entre el acercamiento interdisciplinar a los factores que generan la impunidad del fenómeno criminal y la proposición continua de una serie de alternativas de intervención que van desde la profusión moral que se halla tras el interés superior protegido por la norma jurídico-penal, hasta la estructura misma de las figuras dogmáticas que dificultan su función preventivo-general. Para ese recorrido se establece una categoría central vinculada, precisamente, a esa aspiración de prevención: la función intimidatoria del Derecho penal. Alrededor de esta categoría se desarrolla el problema de análisis. El objetivo general bajo el que se vehicula tal estudio, concretamente, se dirige a establecer por qué la pena no disuade. Y aquí es donde adquiere su mayor importancia la mirada subjetiva adoptada. Para responder a semejante cuestión se propone, con la idea de comprender cuál es el origen y la naturaleza de las justificaciones a las que apela el delincuente corrupto para «desviarse» del curso «correcto» ordenado por el Derecho, un adentramiento al mundo de significados del propio infractor. Y al tratarse de un intento de comprensión comportamental desde la propia mirada del actor criminal –histórica y contextualmente situado-, ineludiblemente se parte de un conjunto de planteamientos de naturaleza psicológica y sociológica que, reunidos, permiten formar una propuesta criminológica desde la que no sólo se alcanza un modo de comprensión del fenómeno objeto de punición, sino que también permite proponer una redefinición de la manera tradicional de abordar el estudio del delito y la promoción de políticas de prevención.


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