Este trabajo tiene como objetivo principal el análisis de los límites actuales para la atención de la salud universal. La hipótesis es que algunas personas enfrentan restricciones para acceder a la misma, por lo que los modelos institucionales de salud pueden no haber alcanzado una cobertura universal, respecto a lo cual el desarrollo positivo del derecho a la salud no parece tener una respuesta clara. Los límites que se estudian son obstáculos estructurales, impuestos institucionalmente de forma directa al articular el reconocimiento del bien sanitario en base a condiciones como la capacidad económica, el trabajo o la residencia legal en un territorio. Se trata, pues, de analizar la cuestión de la cobertura sanitaria universal atendiendo a la perspectiva de diferentes modelos sanitarios, y de encontrar respuestas jurídicas en los derechos humanos.
Como parte de aquel objetivo, es posible distinguir varias preguntas concretas: ¿qué significa la universalidad del derecho a la salud? ¿cuáles son los grupos principalmente excluidos de la cobertura sanitaria? ¿qué respuestas tiene el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, y cuáles son sus limitaciones? ¿cuáles son los límites de los principales modelos sanitarios para ofrecer una asistencia sanitaria universal? A la vista de todo ello, ¿cómo se pueden analizar los cambios efectuados en el Sistema Nacional de Salud español en relación con la accesibilidad? ¿qué garantías existen en la actualidad para frenar medidas regresivas en universalidad, y cuáles serían las más adecuadas? Estas preguntas se pretenden responder desde una perspectiva interdisciplinar, principalmente de la Filosofía del Derecho, el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, la Teoría Política y políticas públicas y el Derecho Constitucional. En primer lugar, el punto de partida es el estudio de la fundamentación teórico-jurídica del derecho a la salud como un derecho humano social, del principio de universalidad y de las posiciones teóricas contrarias a la titularidad universal del derecho a la salud. Con posterioridad, se analiza el marco de regulación del derecho a la salud que se ha desarrollado desde el Derecho Internacional de los Derechos Humanos, examinando críticamente la regulación de la titularidad. Igualmente se estudian los modelos sanitarios clásicos que surgen en el marco de la formación de los Estados del bienestar, y se incluye un análisis comparativo de la cobertura que ofrecen diferentes sistemas sanitarios en la actualidad. La perspectiva de las políticas públicas, así como de la salud pública, también se tiene en cuenta cuando se analizan dos desarrollos importantes de la Organización Mundial de la Salud, como organización especializada de las Naciones Unidas en materia de salud pública, con una naturaleza más técnica que jurídica. Estos desarrollos son el objetivo de la cobertura sanitaria universal y los determinantes sociales de la salud. La disciplina jurídica vuelve a predominar cuando se estudia la regulación de la cobertura del Sistema Nacional de Salud español, su evolución así como las reformas recientes. Finalmente, desde la teoría jurídica y el Derecho Constitucional se examina el concepto de regresividad y las garantías del derecho a la salud, centrando la atención en la justiciabilidad de este derecho y en el papel de los tribunales para evaluar medidas regresivas mediante la intervención judicial.
Así pues, la metodología utilizada es la aplicada frecuentemente para la investigación en las ciencias jurídicas y politológicas. Además, se sostiene una visión crítica. De modo principal, se ha llevado a cabo la lectura de fuentes doctrinales y de informes elaborados por diferentes organismos. Algunos métodos específicos utilizados son: la revisión de la literatura teórico-jurídica relevante, el análisis de conceptos morales y su aplicación al ámbito práctico; el examen de normativa internacional y de la regulación legal y administrativa del objeto de estudio; la atención a diversos sistemas políticos en su función de provisión del bienestar a través del método comparado; por último, se atiende a la jurisprudencia relevante de los tribunales propios de los ámbitos de protección de los derechos y a algunas sentencias oportunas de órganos judiciales estatales.
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