El asesinato y desaparición de cientos de mujeres y niñas en Ciudad Juárez y la Ciudad de Chihuahua en la frontera norte de México durante los últimos quince años se ha convertido en un caso de derechos humanos de resonancia internacional. Ciudad Juá rez, como caso paradigmático de violencia extrema contra la mujer, ha desatado la denuncia de numerosos activistas mexicanos y extranjeros, así como el pronunciamiento y escrutinio de organismos internacionales e incluso de fracciones de gobiernos y parlamentos dentro y fuera de México. Este conjunto de actores no gubernamentales e intergubernamentales que trabajan internacionalmente y ligados por densos intercambios de información sobre un tema de derechos humanos con objeto de ejercer presión sobre los gobiernos que infringen las normativas internacionales, es lo que las autoras Sikkink y Keck han denominado una red transnacional de defensa (Transnational Advocacy Network).
La presente investigación tiene dos objetivos principales. Por u n lado pretende analizar las condiciones que han hecho posible que el caso de estos asesinatos haya cobrado una resonancia de alcance internacional. En este sentido, analiza los contextos políticos nacionales e internacionales que propiciaron la prol iferación de esta causa y reconstruye la historia de lo que he denominado la Red Transnacional de Defensa de los Derechos de las Mujeres de Ciudad Juárez y Chihuahua, desde sus inicios, en el nivel local, hasta su transnacionalización en los años 200 1-2002. Por otro, analiza el impacto que la presión desatada por esta red haya podido tener sobre las autoridades mexicanas entre los años 2000-2006, es decir, durante el período de la administración del presidente Vicente Fox. La pregunta clave que guía la investigación es si ha existido, al interior de México, un proceso de socialización de las normas internacionales sobre violencia contra la mujer a partir de la presión generada por este conjunto de actores y, de existir, determinar en qué gr ado se ha dado ésta. El trabajo se inspira en el modelo de socialización de normas de derechos humanos propuesto por Thomas Risse y Kathryn Sikkink. Este, construido a partir de realizar múltiples estudios de caso sobre violaciones de derechos humano s en varios países del mundo, formula las condiciones bajo las cuales las normas internacionales de derechos humanos se socializan en el interior de los países.
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