Se pretende ordenar un aspecto clave de nuestro sistema de protección social que se viene mostrando como un problema irresuelto. El recargo de prestaciones de la Seguridad Social se entiende como remedio al constituir respuesta útil y eficaz en la reparación del daño producido por accidente de trabajo y enfermedad profesional; se califica de singular por su longevidad y rareza pero sobre todo por ser extraordinario y único en su especie; destacándose en sus funciones preventiva y resarcitoria para deliberadamente alejarlo de su origen infractor.
La conclusión del trabajo compromete a la Administración Pública en la responsabilidad del recargo con superación del viejo modelo ceñido a la persona del empresario infractor. Toma por fundamento el papel de vigilancia y garantía en la seguridad y salud laborales que le corresponde y encuentra sus ejes en la teoría del hecho ajeno, el concepto de dependencia y el compromiso público como síntesis para, finalmente, proceder a orientarlo sin confusiones hacia el entorno de la responsabilidad patrimonial del Estado que vendría a simplificar su mecanismo y dinámica como paso previo a su definitiva ordenación.
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