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A propósito de una nueva ley internacional de protección de la gente de mar abandonada en puertos extranjeros: analisis y propuestas desde una dimensión socio-jurídico-laboral

  • Autores: Francisca Bernal Santamaría
  • Directores de la Tesis: Eva Garrido Pérez (dir. tes.), Cristina Sánchez-Rodas Navarro (codir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Cádiz ( España ) en 2018
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Xosé Manuel Carril Vázquez (presid.), Inmaculada González García (secret.), Olga Fotinopoulou Basurko (voc.)
  • Programa de doctorado: Programa de Doctorado en Gestión y Conservación del Mar por la Universidad de Cádiz
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • En la tesis se ha abordado los problemas socio-laborales a los que se enfrentan la gente de mar cuando es abandonada por el armador en un puerto extranjero, poniéndose de manifiesto que se trata de una situación muy marcada por el carácter genuinamente globalizado de la industria marítima, en la que intervienen unos actores que no están dispuestos a que se les exigía un alto nivel de obligaciones. Con fundamento a esta limitación, en la tesis se ha plasmado la necesidad de de compatibilizar un porcentaje adecuado de eficiencia en el mercado marítimo con unas condiciones de vida y de trabajo que no supongan un atentado a los derechos laborales y humanos más básicos. Ante esta tesitura se ha defendido que el abandono es una violación de estos derechos y como tal, debe ser valorado por los poderes públicos y privados. En el mismo orden, se ha considerado la responsabilidad de los poderes públicos a la hora de implantar la norma internacional que en la actualidad regula la materia de abandono. En este orden, se ha entendido que no son suficientes disposiciones aisladas para cada país sino que al tratarse de un problema globalizado, se precisan de actuaciones supranacionales. En base a ello, en la tesis se ha analizado la actuación de las principales instituciones internacionales que han regulado el trabajo en el mar, la Organización Internacional del Trabajo y la Organización Marítima Internacional, así como que se ha valorado el grado del éxito de la actuación conjunta de ambas instituciones a la hora de ordenar la ley del abandono. Igualmente, ha sido necesario abordar con profundidad el estudio de la labor desarrollada en el seno de la OIT a la hora de enmendar el Convenio del Trabajo Marítimo de 2006 para acoger la regulación de abandono. En este aspecto, se ha tratado de exponer las mejoras en relación a la implantación del Convenio y de la Enmienda en España.


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