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Resumen de La prescripción de la reclamación de los daños continuados en la jurisprudencia

Cristóbal Caballero Escribano

  • La proliferación de la reclamaciones de daños y perjuicios en relación con los daños corporales, así como las referidas a nuevos daños masivos cuya manifestación y origen pueden ahora detectarse gracias a los avances de la ciencia, como los que tienen su origen en sustancias toxicas, ponen de manifiesto que las reglas tradicionales sobre prescripción deben actualizarse, sobre todo en relación con los daños de origen extracontractual, pues la interpretación flexible por los Tribunales de las normas vigentes, siendo un mérito que debe reconocerse, no resulta suficiente. En esta línea, van las recientes reformas legislativas en otros Estados europeos, y también en España con las leyes especiales y el Código Civil de Cataluña, siguiendo también los Principios del Derecho Europeo de Contratos, que tratan de adecuar las normas sobre prescripción a los nuevos tiempos, acercando la duración de los distintos plazos de la prescripción de los daños de origen contractual y extracontractual, asimilando también las reglas para determinar el inicio del cómputo de los distintos plazos, lo que resulta especialmente importante en los daños continuados y diferidos o tardíos. Esta tendencia uniformadora debería abarcar también a la regla del cabal conocimiento del daño como condición del inicio del plazo de prescripción, con independencia de que se trate de culpa contractual o extracontractual, con el fin de evitar discriminaciones entre los perjudicados difícilmente justificables, para lo que resulta de interés atender a la experiencia americana en la materia.


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