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Beneficios fiscales a la tenencia y transmisión lucrativa de la empresa familiar y la vivienda habitual en el impuesto sobre el patrimonio, impuesto sobre sucesiones y donaciones e impuesto sobre la renta de las personas físicas

  • Autores: Víctor Caro Robles
  • Directores de la Tesis: José Antonio Sánchez Galiana (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Granada ( España ) en 2003
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Francisco Javier Lasarte Álvarez (presid.), Luis Ignacio Mochón López (secret.), Clemente Checa González (voc.), Joan- Francesc Pont Clemente (voc.), Juan José Hinojosa Torralvo (voc.)
  • Programa de doctorado: EL DERECHO TRIBUTARIO: TÉCNICAS DE APLICACIÓN
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • Análisis de los distintos beneficios recogidos en la normativa vigente en el Impuesto sobre el Patrimonio, Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones e Impuesto sobre la Renta de las personas Físicas, en relación a la empresa familiar y la vivienda habitual. También se analiza la justificación de dichos beneficios desde la pespectiva de los principios que informan a nuestro sistema tributario justo e igualitario.

      En el Impuesto sobre el Patrimonio se analiza el ejercicio de actividades económicas -empresa individual y negocio profesional-, analizando los siguientes puntos: -desarrollo de la actividad de forma personal, habitual y directa; desarrollo de la actividad por entidades comprendidas en el art. 33 de la L.G.T., menores o incapacitados, personas jubiladas o en situación de incapacidad permanente; -mayor fuente de renta; elementos afectos a la actividad; titularidad de los bienes. También estudio el beneficio relativo a las entidades: -sociedades Holding; titularidad de las participaciones; requisitos de participación en el capital, ejercicio de funciones en la entidad y remuneraciones: alcance de la exención y valoración de las participaciones.

      En el I.S., y D., se estudian los problemas que plantea la liquidación del impuesto en relación a las reducciones establecidas en el art. 20, en concreto: conciliación de los devengos del I.S., y D., e I.P.; disolución de la sociedad de gananciales y sus efectos; aplicación de la reducción a todos los causahabitantes con derecho a ella o sólo a los adjudicatarios de los bienes con derecho a reducción; porcentaje de valor del bien al que se debe aplicar la reducción; alcance de la exención en el impuesto; desdoblamiento del pleno dominio en la nuda propiedad y usufructo; Explotaciones agrícolas; acumulación de donaciones; causahabientes con derecho a reducción; especialidades en las CC.AA.

      En el I.R.P.F., se recoge un estudio introductorio sobre las ganancias y pérd


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