El código penal de 1995 modifica drásticamente los tipos penales dedicados a la protección de la libertad sexual. Pasando de una clasificación basada en la forma en que se desarrollaba el comportamiento sexual, para pasar a considerar en primer término el grado de doblegamiento de la voluntad de la víctima intentando con ello adaptar los tipos al nuevo bien jurídico constitutivo mediante el termino "Libertad sexual". Estas circunstancias conllevar a proponer mediante este trabajo un análisis centrado en los delitos de agresiones, abusos y acoso sexual, en donde la prioridad se centre en la coordinación de estos tipos.
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