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Valoración del bien jurídico y exigencias de descriminalización en el derecho penal actual.

  • Autores: Ricardo Ferreira Breier
  • Directores de la Tesis: Miguel Polaino Navarrete (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Sevilla ( España ) en 2014
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Jaime Miguel Peris Riera (presid.), Carlos Blanco Lozano (secret.), Miguel Polaino-Orts (voc.), Miguel Domingo Olmedo Cardenete (voc.), María Elena Torres Fernández (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • 1. La presente tesis doctoral abarca uno de los temas más clásicos, pero a la vez, más modernos de la Dogmática del Derecho penal: el concepto jurídico-penal de bien jurídico, que desde comienzos del Siglo XIX, hace aproximadamente dos siglos, constituye un concepto central de la discusión teórica y práctica de la disciplina del Derecho penal.

      2. Como concepto central que es, desde hace dos siglos, ha sido objeto de numerosos estudios, desde múltiples puntos de vista. En la presente investigación hemos intentado esbozar las teorías principales sobre la materia, y al propio tiempo hemos intentado ofrecer una visión novedosa del bien jurídico, a la luz de investigaciones sociológicas y también en el contexto actual de las Sociedades de riesgo.

      3. El presente trabajo se articula en cuatro secciones: - En la Sección I, que a su vez abarca tres capítulos (I a III) se expone el Contexto científico en perspectiva histórica, esto es, el campo de cultivo científico en el que aflora el concepto de bien jurídico en una prehistoria y luego en sus desarrollos posteriores desde el comienzo del Siglo XIX.

      Aquí se analizan cuestiones tan relevantes para situar la problemática como el Sistema penal en perspectiva histórica (Cap. I), que hemos pretendido analizar desde las funciones de protección y prevención que desempeña en el sistema penal, planteándose cuestiones como la legitimación del sistema penal y su relación con el concepto de bien jurídico, los precedentes de la construcción científica del Derecho penal, los Ordenamientos penales del antiguo régimen, la idea penal desarrollada por el espíritu del Iluminismo en la configuración del Derecho penal, la 3 reivindicación de un nuevo Derecho penal simbolizada en el pensamiento de BECCARIA, así como el conocimiento sistemático del Derecho penal en la obra de FEUERBACH. En un Cap. II se estudia cómo se configura el sistema punitivo en las diversas escuelas penales, desde el movimiento clásico al postivismo jurídico de la teoría de las normas de Karl BINDING, pasando por la visión antropológica y social del positivismo, la relación entre el normativismo y el positivismo jurídico, el positivismo naturalístico y la delimitación del Derecho del Derecho penal y la Política criminal en Franz VON LISZT. En el Cap. III se estudian los valores filosóficos y su incidencia en el sistema penal, que abarcan influjos que oscilan del neokantismo al finalismo, que obtuvieron grandes influjos en el Derecho penal, en las obras de conocidos penalistas como MEZGER o WELZEL.

      - En la Sección II del trabajo de investigación se entra de lleno en el estudio de la Teoría general del bien jurídico, sometiéndose a análisis la valoración del objeto de la tutela penal a lo largo del devenir histórico-filosóficos.

      Aquí se analizan cuestiones tan relevantes como el propio desarrollo dogmático en el siglo XIX del concepto de bien jurídico, desde sus antecedentes mñas significativos hasta el enfoque positivo-naturalista de VON LISZT, pasando por la teoría de los derechos subjetivos de FEUERBACH, la formulación del bien como protección penal en BIRNBAUM, la consideración del bien jurídico como relaciones vitales de la Sociedad en IHERING y el positivismo formal de BINDING.

      En el Cap. V se esboza el mismo desarrollo del bien jurídico en el siglo XX, y aquí se analizan teorías que abarcan desde la formualación 4 irracional de bien jurídico propio del autoritarismo hasta doctrinas más modernas que se incluyen en el constitucionalismo, incluyendo entremedio la exposición de la teoría de los valores ético-sociales conformadores del bien jurídico formulada por WELZEL. En el Cap. VI se analiza el concepto de bien jurídico y su desarrollo con el que podemos llamar neoteleologismo político-criminal. Después de analizar los antecedentes de las concepciones teleologistas, en las obras de VON IHERING y de VON LISZT, se le concede una especial relevancia al sistema teleológico orientado por la Política criminal de Claus ROXIN, que ha tenido una gran difusión en el mundo actual y que resalta la especial vinculación entre Política criminal y sistema del Derecho penal. A este respecto, se analiza la conceptuación del bien jurídico en el pensamiento de ROXIN, su consideración como presupuesto de la punibilidad y como criterio político-criminal, así como su derivación constitucional del objeto de tutela y como instrumento de crítica legislativa. Finalmente se estudia el papel que la idea del bien jurídico en la teoría del injusto penal, esto es: sus relaciones con la imputación objetiva, el concepto de dolo, la tentativa, la autoría y partición y la omisión punible.

      - En la Sección III se analiza el problema de la Funcionalización del concepto de bien jurídico, de extraordinaria relevancia en el debate teórico del presente.

      En el Cap. VII se estudian las Teorías sociológica y personalista de bien jurídico, que han sido alumbradas por conocidos tratadistas del tema como AMELUNG o HASSEMER.

      En el Cap. VIII se analiza el otro gran sistema de la actualidad: la formulación del bien jurídico como vigencia de la norma en el Funcionalismo normativo formulado por JAKOBS y otros autores. De 5 resaltar aquí es el contrapunto que realiza el Director del presente trabajo, Prof. POLAINO NAVARRETE, sin duda uno de los máximos estudiosos de la Dogmática del bien jurídico.

      - Finalmente, en la Sección IV se actualiza el debate y se apunta a un proceso despenalizador.Aquí se analizan cuestiones actuales como la Sociedad del riesgo la Universalización del bien jurídico, el Transpersonalismo y riesgo social.

      En el Cap. IX se analiza la globalización del riesgo, y en concreto La ruptura del Individualismo como referencia l objeto de tutela penal, esbozándose un discurso moderno al post-moderno: un cambio en la dialéctica sobre la tutela penal, en la obra de varios autores como GIDDENS, BECK, DE GIORGI o LUHMANN. Finalmente, en el Cap. X se somete a análisis la cuestión de la descriminalización penal y se formula el Principio de mínima ofensividad penal, que en nuestra opinión debe guiar la actuación del legislador en esta materia, lo cual se estudia en el ejemplo de varios problemas de la actualidad, como la tipificación de delitos sin bien jurídico o de delitos sin víctima, o la problemática de los delitos de peligro abstracto, del adelantamiento de las barreras de punición penal o de la internacionalización del riesgo.


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