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Empresarios laborales y personalidad jurídica. Un estudio del artículo 1,2 del Estatuto de los Trabajadores

  • Autores: Elena Desdentado Daroca
  • Directores de la Tesis: Antonio Pedro Baylos Grau (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Castilla-La Mancha ( España ) en 2005
  • Idioma: español
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Fernando Valdés Dal-Ré (presid.), Berta Valdés de la Vega (secret.), María Fernanda Fernández López (voc.), Joaquín Aparicio Tovar (voc.), José Luis Monereo Pérez (voc.)
  • Materias:
  • Texto completo no disponible (Saber más ...)
  • Resumen
    • La identificación de la posición empresarial en el contrato de trabajo se ha convertido en uno de los problemas centrales de la práctica forense en el ámbito laboral, como consecuencia de la descentralización productiva y de las nuevas formas de organización empresarial. Cada vez hay más dificultades para determinar quién es realmente empresario y hasta dónde puede extenderse la responsabilidad por las obligaciones laborales. Esta tesis aborda estos problemas desde una perspectiva que, pese a su transcendencia práctica, ha suscitado sólo una atención hasta ahora marginal en la doctrina laboralista.

      Esa perspectiva es la de las relaciones entre posición empresarial y personalidad jurídica.

      El examen de los repertorios jurisprudenciales nos muestra que es cada vez más frecuente encontrar actuando como empresarios a determinados sujetos u organizaciones carentes de personalidad. Comunidades de propietarios, grupos de empresas, sociedades irregulares, sociedades internas, comunidades de bienes y uniones de empresa son los casos más conocidos; pero hay otros de similar complejidad, como la herencia yacente, la sociedad de gananciales o los propios órganos costitucionales del Estado (cámaras legislativas, Consejo General del Poder Judicial, Tribunal Constitucional). Los problemas que suscita la actuación empresarial por parte de entes no personificados son múltiples y normalmente graves. En el plano sustantivo, hay que establecer en qué medida este tipo de entes sin personalidad jurídica pueden constituirse en centros de imputación jurídica, contraer obligaciones y asumir la responsabilidad de sus actos con cargo un patrimonio. En el plano procesal, se discute su capacidad para ser parte, las situaciones litisconsorciales derivadas de su complejidad subjetiva y, muy especialmente, las dificultades que aparecen en la ejecución cuando, ante la ausencia de un patrimonio propio del ente sin personalidad, se trata de exigir


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