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Os mecanismos jurídicos de proteção aos direitos e garantías do contribuinte.

  • Autores: Patrícia Fortes Attademo Ferreira
  • Directores de la Tesis: Tomás Vidal Marín (dir. tes.)
  • Lectura: En la Universidad de Castilla-La Mancha ( España ) en 2015
  • Idioma: portugués
  • Tribunal Calificador de la Tesis: Eduardo Espín Templado (presid.), Artemi Rallo Lombarte (secret.), Pablo Lucas Murillo de la Cueva (voc.)
  • Materias:
  • Enlaces
    • Tesis en acceso abierto en: RUIdeRA
  • Resumen
    • Brasil registrará este año 2015 la carga tributaria más alta de su historia, es un proceso histórico en el escenario económico brasileño. Debido al aumento en el gasto público se hace necesario el crecimiento de la carga fiscal para aumentar la receta, el proceso es económico y político. Los administradores gestionan mal la receta y el pueblo sufre el peso de la carga fiscal, al mismo tiempo, que no goza de los servicios básicos que se deben brindar a ellos y están garantizados constitucionalmente. La tributación es necesaria para que el Estado desarrolle las actividades reconocidas constitucionalmente, de manera que se satisfagan las necesidades de toda la comunidad manteniendo el orden y la paz social. La Constitución brasileña observa de manera detallada la materia tributaria, haciendo la delimitación de la potestad tributaria y garantías de los contribuyentes como medida de precaución para el uso indebido de la competencia fiscal. La Constitución Federal brasileña de 1988 establece el sistema fiscal nacional determinando los límites a la potestad tributaria, introduce los principios básicos, establece el reparto de los tributos y de la recaudación tributaria, de la fiscalización y la ejecución del presupuesto público. Actualmente el contribuyente tiene la necesidad de adoptar una postura más activa, conociendo sus derechos y requiriendo al Estado el cumplimiento de sus obligaciones, es decir, la materialización de la ciudadanía fiscal. En la realidad brasileña el Estado es implacable en la recaudación de los tributos y también actúa con excesos, no garantizando los pocos derechos de los contribuyentes. Por esta razón, es muy importante conocer los mecanismos jurídicos de protección de los derechos y garantías de los contribuyentes, por lo que será posible reducir la zona de fricción entre las autoridades fiscales y los contribuyentes. Tales mecanismos se convierten en el escudo protector contra la arbitrariedad del Estado. Hacia la fuerza y máxima eficacia de las normas constitucionales fiscales, especialmente los derechos y garantías del contribuyente, el derecho se convierte legítimo y justo, ya que inhibe la libertad de las autoridades fiscales y allana esta autoridad con su real guardián, el contribuyente. Este trabajo tiene como objetivo buscar el esclarecimiento de los mecanismos normativos existentes en el sistema brasileño, que hacen subsistir las garantías y derechos de los mismos. Desde la perspectiva de un Estado democrático la potestad tributaria debe ser diseñada de manera que, respetando los derechos y garantías de los ciudadanos, fomente la justicia social y logre el objetivo constitucional de una vida digna para todos. El Estado tiene por fin satisfacer el bien común y necesita de los medios para lograr sus fines. Un aspecto de la soberanía de lo Estado es su poder para penetrar en el patrimonio de las personas, requiriendo contribuciones que necesita, por supuesto con la debida previsión legal. Las limitaciones a la potestad tributaria deben ser consideradas como un derecho individual de los contribuyentes en la medida en que la fiscalidad suponga la injerencia del Estado en la propiedad. Las cuestiones relacionadas con la fiscalidad están estrechamente relacionados con los derechos de propiedad, un derecho individual, en atención al cual, las garantías y normas constitucionales relativas a los impuestos deben tenerlas presentes como límite al poder tributario del Estado. No se puede negar que el Estado tiene la función de recaudar impuestos con el fin de lograr el bien común, de acuerdo con las disposiciones constitucionales. Uno de los objetivos es reducir la pobreza y las desigualdades sociales y regionales, y por último, buscar construcción de una sociedad libre, justa y fraterna, garantizando el desarrollo nacional, promoviendo el bien de todos. Para lograr estos objetivos, el Estado necesita de grandes gastos, y es a través de la tributación, considerada una de las fuentes más importantes, con el fin de cumplir con sus propósitos. De este modo, sin la injerencia del estado en la propiedad privada, a través de la recaudación de impuestos (principalmente de impuestos, tasas y contribuciones), no podría llevar a cabo los fines constitucionalmente objetivos fundamentales de la República. Se concluye que recoger impuestos es esencial para servir al interés público-social, pero la tributación sólo es legítima si está de acuerdo con las limitaciones constitucionales de la potestad tributaria. Se abordarán los principios constitucionales generales y fiscales como desdoblamiento de los instrumentos que limitan el poder de tributar del Estado y como forma de la defensa del contribuyente. Se sabe que el principio es regla básica implícita o explícita que, en gran generalidad, ocupa un lugar destacado en el sistema legal, y por lo tanto, vincula la comprensión y la correcta aplicación de los instrumentos normativos o de los propios mandamientos constitucionales. Expreso en la norma superior, aunque no positivada, que debe ajustarse a las disposiciones legales. Los principios son rectores, indican la dirección que debe seguir el legislador. Es la solución interpretativa de doble exegesis de la norma o interpretación dudosa. Es necesario hacer este análisis de los diversos aspectos de los principios constitucionales fiscales. Los principios de derecho fiscal son normas constitucionales que limitan, regulan la práctica de la potestad tributaria, haciendo que algunos valores tienen una mejor eficacia en el ordenamiento jurídico. Deben tenerse en cuenta los principios constitucionales tributarios como limitaciones de carácter político, económico y técnico del ejercicio de la potestad tributaria. Es importante destacar, que con tantos atropellos contra el contribuyente, es imprescindible conocer las medidas utilizadas por el legislador con relación las actividades fiscales. Está claro que si no se llegara a establecer medios eficaces para frenar la actividad del Estado, los ciudadanos estarían sujetos, además, a la invasión de su patrimonio. Por lo tanto, conocer las formas utilizadas por el legislador para contener la furia de las autoridades fiscales, lo que limita su actividad, es de suma importancia para lograr la seguridad jurídica y la justicia fiscal. Se sabe, sin embargo, que los principios no son las únicas formas de limitación utilizado por el legislador; este todavía dispone de las inmunidades, exenciones y no incidencia, que son áreas en las que, por ciertas razones, situaciones o personas, la entidad fiscal no puede exigir la tributación. Estableciendo así otras garantías para el contribuyente. Se observa que el ordenamiento jurídico brasileño, las limitaciones constitucionales de la potestad tributaria se despliegan en los principios constitucionales tributarios e inmunidades fiscales. Nos ocuparemos tanto de la potestad tributaria del Estado, como de las limitaciones constitucionales del poder tributario: no incidencia, inmunidades y exenciones. Para hacer este análisis se tendrá en cuenta la bilateralidad del derecho, presentándose el poder de tributar, en el alcance estatal y en el alcance de las personas, las limitaciones constitucionales como instrumentos de protección y garantía del contribuyente. Las limitaciones del poder de tributar, sin duda, en el ordenamiento jurídico brasileño, son formas de protección de los sujetos pasivos de obligación tributaria contra los abusos del poder tributario. Además de ser considerado garantías fundamentales que fundamentan el sistema constitucional fiscal, tienen como objetivo establecer límites y ofrecer seguridad jurídica. En Brasil, la Constitución Federal de 1988, adoptó un sistema de valores a favor del contribuyente, dispuestos en varios capítulos de la Constitución, además de las contenidas en los artículos 5, 150 y 152, así como en el artículo 9, IV, del Código Tributario brasileiro. La Constitución Federal de 1988 consagró un amplio sistema de tutela al contribuyente que contiene una limitación que frena la actuación del legislador infra constitucional para cumplir las exigencias fiscales. La inmunidad se entiende como la no tributación absoluta que se produce debido a las libertades preexistentes, constituye un derecho fundamental previsto en la Constitución para la garantía del contribuyente, tienen un papel delimitador del ámbito fiscal, demarcando negativamente las facultades fiscales de las personas políticas. En este sentido, las inmunidades tributarias están dirigidas al legislador ordinario para hacer efectivo el poder impositivo. Las inmunidades fiscales establecidas en el art. 150, VI del Constitución Federal brasileña de 1988, abarca todos los impuestos y son clasificadas en recíproca, religiosa, condicionada, objetiva, las que disfrutan los partidos políticos y los sindicatos de los trabajadores. Hay otros tipos de inmunidades aisladas previstas en el texto constitucional. Es importante el análisis de las limitaciones constitucionales de la potestad tributaria, ya que, tienen por objetivo la protección y garantía de la libertad de expresión, la democracia y la ciudadanía. Importante también, en el estudio de las limitaciones constitucionales y legales a la potestad tributaria, es el análisis de otros medios de defensa del contribuyente. En este sentido, no se puede dejar de considerar los principales instrumentos jurídicos procesales en el ordenamiento jurídico brasileño, incluyendo el writ of mandamus (mandado de segurança) individual o colectivo, el mandamus interdictum (mandado de injunção), la repetición del pago indebido, la acción de anulación de duda fiscal. No hay que olvidar que estos instrumentos, entrelazados con la sistemática tributaria, son medios eficaces de la defensa de los contribuyentes. Se sabe que la Administración fiscal, practica repetidamente actos ilegales o abusivos contra el sujeto pasivo, y este tiene necesidad de protegerse. Por lo tanto, estos instrumentos consagrados en la sistemática procesal son medios hábiles para remediar cualquier lesión. No es raro observar que las normas legales que son utilizadas en el aumento de la recaudación de los tributos a veces son inconstitucionales, comprometiendo la seguridad jurídica-fiscal. Será realizado un análisis de los diversos puntos relativos a las muchas injusticias cometidas por las autoridades fiscales con relación a los contribuyentes, entre ellas podemos mencionar las legislaciones que son creadas en total desacuerdo con la Constitución Federal de 1988 y el excesivo número de leyes que causan disturbios en la realidad jurídica-tributaria brasileña. Así, incluso el contribuyente más cuidadoso en el cumplimiento de la política fiscal, está a merced de la ilegalidad, ante este enmarañado sistema jurídico fiscal. Se estudia, también, un enfoque sobre la importancia de la existencia de un Estatuto del Contribuyente en la realidad fiscal brasileña. La cristalización de los principios y valores constitucionales en normas infra constitucionales, con miras a una mayor concreción, es una forma saludable de limitar la acción del Estado, que es siempre el lado más fuerte en las relaciones con los ciudadanos, buscando lograr la igualdad y la seguridad jurídica. En la búsqueda de sus propios intereses, el Estado no puede actuar injustamente frente a los ciudadanos, sobre todo aquí en las relaciones jurídicas-fiscales. En la búsqueda de un Estado Fiscal de Derecho, es muy importante un Estatuto del Contribuyente, que mejore las leyes fiscales, que definen los deberes, derechos y garantías de los contribuyentes. Se analizarán los Proyectos de Ley Complementaria n.º 646/1999 y n.º 38/2007 que tramitan en las Casas Legislativas brasileñas, Cámara de los Diputados y el Senado Federal. Serán destacados los puntos relevantes y otros que fueron contemplados en los proyectos, pero sin embargo pondremos de manifiesto las dudas que nos surgen en relación a los puntos ausentes, que deberían haber sido contemplados, importantes para el mantenimiento de la seguridad jurídica-tributaria. El eje principal de este trabajo es analizar las limitaciones del poder tributario del Estado brasileño, pero el centro neurálgico de esta tesis es el estudio los mecanismos de defensa de los derechos y garantías de los contribuyentes en contraposición a la actitud voraz del Estado para recaudar tributos. En el escenario fiscal de hoy hay que buscar un fortalecimiento de los derechos fundamentales, a través de los términos de la legislación interna y los tratados internacionales. En esta perspectiva, los derechos fundamentales de los contribuyentes ahora tienen una nueva relevancia, la Constitución Federal de 1988 establece en los artículos 150 hasta 152, las limitaciones a la potestad tributaria, que constituyen los derechos fundamentales de los ciudadanos contra el poder tributario del Estado y que se plantea como contrapunto fiscal de la lista de los derechos y garantías proclamados y garantizados en artículo 5.º, también de la Constitución. Lo que se busca es hacer efectiva, la relación del contribuyente frente la Administración Fiscal, en orden a imponer los valores estandarizados en el sistema constitucional brasileño, haciendo efectivas las disposiciones constitucionales con relación a la declaración de los derechos fundamentales de los contribuyentes y los principios de la justicia fiscal acondicionadoras de la tributación. También, el objetivo es traer un enfoque centrado en la importancia de estos mecanismos de protección, reales instrumentos de defensa del contribuyente. El presente estudio pretende analizar los instrumentos jurídicos existentes en el ordenamiento jurídico brasileño, que hacen valer las garantías y derechos de los contribuyentes, así como el estudio de la figura del ciudadano en relación con la legislación tributaria en Brasil en armonía con las normas constitucionales, a fin de identificar una mejor relación entre las autoridades fiscales y los contribuyentes basada en la cooperación. Para ello es preciso verificar los mecanismos jurídicos de protección de los derechos y garantías de los contribuyentes, según la legislación constitucional o infra constitucional brasileña y así como identificar la forma en que se materializa la garantía de la defensa de los contribuyentes en ámbito de los procedimientos administrativos y judiciales. Identificar los medios legales para que el contribuyente tenga protección contra el abuso de poder de fiscalización, de lanzamiento y recaudación de los tributos establecidos por la ley, garantizando sus derechos, ya sea en el proceso administrativo-fiscal, ya sea en el proceso judicial. Desde el momento en que ya no sea posible evitar violaciones de los derechos de los contribuyentes, el presente trabajo tiene como objetivo explorar los mecanismos normativos para reparar el daño causado por el abuso de poder realizado por el Estado ya sea en la fiscalización, en el lanzamiento y recaudación de los tributos de su competencia. Por último, estudiamos la manera de garantizar la justicia en la declaración y recaudación de los tributos previstos por la ley y los mecanismos normativos de defensa de los contribuyentes. En el contexto social y económico de Brasil es importante el poder de convencimiento de los contribuyentes, para educarlo con relación a la función socioeconómica de los tributos. Es una relación que debe basarse en motivos éticos y de una relación de confianza mutua y de colaboración. Por un lado las autoridades fiscales deben facilitar al contribuyente el conocimiento de la ley, orientándoles para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, y no sólo para castigarlo. Debe tener en cuenta que el contribuyente es ante todo un ciudadano, que contribuye a la financiación del sector público a través de los tributos. El deber de contribuir debe partir de las garantías constitucionales que les están garantizados. Esta es la razón por la cual la relación entre el contribuyente y la administración tributaria debe estar basada en la legalidad, y quizás también en la lealtad y la buena fe, sin maniobras astutas o maliciosas y ilegales. En este sentido, el objetivo es desarrollar la conciencia crítica de la sociedad para el ejercicio del control social, así como fortalecer la educación y la información como mecanismos de transformación. Esta conciencia debe acompañarse de un mejor sentido del bien público como parte del integrante del patrimonio común de todos. Necesario se hace un aumento de la eficiencia y sobre todo de la transparencia del Estado de los procedimientos tributarios. El Estado debe ser eficiente en el desempeño de sus funciones, según lo previsto en el art. 37 de la Constitución brasileña, pero la recaudación eficiente significa no sólo recoger todo el tributo permitido por la ley, sino cobrar el tributo de acuerdo con la ley. Esta transparencia de los actos del Estado es corolario necesario a la construcción de un verdadero Estado democrático. Al analizar la expresión Estatuto del Contribuyente denota un conjunto de normas que regula la relación entre el contribuyente y la entidad fiscal. En ese sentido, busca la aplicación por un lado de las normas que dan garantía de los derechos de los contribuyentes y por otro normas que limitan la potestad tributaria, compatible con los principios generales y principios constitucionales. En el sistema jurídico brasileño, con respecto a las reglas que garantizan los derechos de los contribuyentes, es evidente el desajuste entre lo que esta previsto y lo que se aplica por el poder público. La sociedad brasileña, no está satisfecha con muchos excesos cometidos durante las décadas en detrimento del ciudadano/contribuyente. El objetivo principal que se pretende mediante la adopción de un Estatuto de protección del contribuyente es que se garanticen los derechos y reforzar el principio de seguridad jurídica, así como el equilibrio de las situaciones jurídicas de las autoridades fiscales y los contribuyentes, con el fin de promover un mejor cumplimiento de las obligaciones tributarias. La aprobación de un Código de Protección del Contribuyente es condición imprescindible para el inicio de la reforma tributaria como está deseado por el pueblo brasileño, para la realización de un verdadero Estado de Derecho. El derecho fiscal busca proyectar el contribuyente y la administración tributaria en la misma plataforma de igualdad, que se aplique igualmente la ley y que la seguridad jurídica imante ese vínculo legal. Entre muchas, podemos mencionar algunas razones por las que los contribuyentes rechazan los impuestos: las necesidades públicas mal diseñadas; utilizar los recursos públicos con beneficios, causando escándalo con el uso del dinero público; trato desigual de los contribuyentes; máquina de inspección deficiente; recaudación de los tributos por cada uno de los poderes públicos (Unión, Estados federados, municipios y Distrito Federal) creciendo la recaudación y la presión fiscal. Hay muchos impuestos en Brasil, se desconoce la cantidad que se paga, entre tantos: impuestos, tasas, préstamos obligatorios y contribuciones. La organización tributaria en Brasil es muy compleja. Hay un enmarañado de normas de diferentes jerarquías, emitido por todas las esferas del Estado Unión, Estados federados, Municipios y Distrito Federal. Cuanto más complicado es el sistema, más difícil es para la gente común entender cuánto paga por quién paga y por qué paga, lo que lleva a la evasión fiscal. La recaudación fiscal puede elevarse a través del aumento de la alícuota, pero con el aumento de la alícuota a un nivel superior llega al punto que el contribuyente prefiere arriesgarse a evadir tributos, dado que la carga tributaria es muy alta y anima la evasión. El concepto de justicia tributaria abarca también la seguridad jurídica o la seguridad de los derechos fundamentales, con esta idea se busca garantizar y preservar los derechos de ambos polos de la relación tributaria, tanto del Estado cuando sea necesario recaudar los tributos, como de los contribuyentes en la defensa de su patrimonio. La seguridad de los derechos individuales del sujeto pasivo u obligado tributario es el valor fundamental del Estado democrático de derecho. Esta idea está relacionada con la limitación de la potestad tributaria, las garantías de los contribuyentes, insculpidas en la Constitución Federal de 1988, en el artículo 145 hasta artículo 156. La seguridad jurídica es la certeza y garantía de los derechos. El estatuto de los contribuyentes es el fundamento de nuestra realidad jurídica- positiva, como resultado de la suma armoniosa y ordenada de los mandamientos constitucionales en materia tributaria que positiva o negativamente, estipulan derechos, obligaciones o deberes de los contribuyentes, dado las pretensiones del Estado. En este sentido, es evidente que la expresión del estatuto del contribuyente es decir, un conjunto de normas que regularán la relación entre el contribuyente y las autoridades fiscales. Su uso está directamente relacionado con la garantía de los derechos de los contribuyentes y la limitación de la potestad tributaria del Estado. Por lo tanto, el estatuto del contribuyente impone limitaciones a los poderes públicos, inhibiendo frente a ellos el poder desmesurado del Estado frente a los derechos subjetivos de las personas que están pagando tributos. La justicia tributaria pasa por el respeto a la propiedad, la dimensión exacta entre la necesidad del Estado y de la capacidad de pago. Esta es una medida que todos los ciudadanos buscan, y que la sociedad se inclina para tratar de resolverlo. La capacidad de pago se mide por la relación que se establece entre la riqueza de un individuo y la carga fiscal soportada. Por todas estas razones, se está viviendo actualmente una constante crisis de relación entre las autoridades fiscales y el ciudadano contribuyente. Por un lado está el poder de las autoridades fiscales en relación con el contribuyente, que aparece en el otro lado, como el sujeto más débil de esta relación, y que constantemente ha alcanzado su patrimonio. Por esta vía de doble sentido, cabe destacar los caminos que unen las obligaciones tributarias legales y los derechos de los contribuyentes. Está claro que esta superioridad jurídica de sujeto activo se deriva de la necesidad de lograr el interés público. Es el medio por el cual la ley prevé que cumplen el interés público. Es imprescindible el equilibrio entre las partes, en el ámbito tributario brasileño, el Estatuto del Contribuyente pretende equilibrar estas fuerzas. Tal instrumento normativo debe mejorar todo el sistema jurídico de garantías de los derechos y libertades públicas, lo que refleja como una onda propagadora de los derechos fundamentales en el sistema jurídico brasileño. Él puede civilizar a la ley fiscal, pero para que esto suceda es necesario que los contribuyentes y los profesionales lleven a cabo la aplicación efectiva de la norma. En ello deben implicarse la administración financiera y los jueces y tribunales. En el sistema jurídico brasileño, no siempre la mera disposición constitucional es suficiente para garantizar el derecho. A menudo, la adopción de una norma reglamentaria para la asignación de eficacia a la disposición constitucional es esencial pero no suficiente, y es en esta perspectiva desde la que debe operar el Estatuto del Contribuyente en el ordenamiento jurídico tributario. El estatuto vendría a dar efecto a los principios constitucionales fundamentales que mientras esté inscrito en la Constitución, puede no alcanzar su pleno alcance de cobertura. Tendría el papel más importante para implementar los principios constitucionales y hacerlos más específicos, realmente traer a la superficie algunos derechos cuya inteligencia no se entiende todavía correctamente. La positivación del Estatuto del Contribuyente haría coronar y tornar efectiva esta idea, haciendo que las autoridades fiscales observasen los límites constitucionales y proporcionar una mayor seguridad jurídica a la relación tributaria. Sería una ayuda importante en la aplicación de las normas constitucionales y un paso más en la consolidación del Estado democrático de derecho. Muchas veces el agente fiscal deja de aplicar un principio constitucional en favor de una instrucción normativa. Está claro, por lo tanto, una vez más la necesidad de un Estatuto del contribuyente con fuerza de ley complementaria para regular esta práctica. Es fácil entender por qué las autoridades fiscales tienen más poder que el contribuyente, las autoridades fiscales se les dio jurisdicción para fiscalizar y cobrar el tributo. Esta potestad es originaria de la propia Constitución, por lo tanto, no es sólo un derecho, sino un deber cobrar el tributo. Y no raras veces como los que ejercen el poder tiende a abusar de ello. Está configurado allí el abuso de poder por las autoridades fiscales, lo que hace que esta relación muchas veces sea desequilibrada o injusta. El Estatuto del Contribuyente como está propuesto tiende elevar el equilibrio y limitar el uso de la potestad del Estado, con reducción de la zona de fricción entre los dos polos. El objetivo es crear un escudo capaz de defender los derechos ya cristalizadas en los principios constitucionales, volviendo a la seguridad jurídica en las relaciones fiscales. Por desgracia, es habitual en la realidad brasileña, pensar únicamente en los intereses del Estado cuando de la elaboración de las leyes fiscales se trata, sin tener la preocupación de las necesidades de análisis técnico. Téngase en cuenta que en cuanto que la creación y modificación de la legislación puede producirse de manera unilateral sin la participación de un personal especializado y comprometido, el problema no será resuelto. Y en consecuencia, tendrá más y más leyes inconstitucionales creadas sin técnica y, a veces, debido a aspectos políticos, lo que provoca una avalancha de demandas y sobrecarga del sistema judicial, y el aumento cada vez más la carga burocrática del Estado. El Estatuto del Contribuyente aún no es una realidad en Brasil, a pesar de los proyectos de leyes Nº 646/99 y 38/2007 que están pendientes en el Senado y la Cámara Federal. Con tantas incertidumbres que se plantean el Código de Protección del Contribuyente debe evolucionar con el fin de controlar y revitalizar el principio de anualidad. Como ocurre en otros países como España, que ha evolucionado para proteger a los contribuyentes mediante la limitación de los gastos del Estado cuanto a la necesidad de recaudación en relación a sus gastos, poniendo en práctica la verdadera justicia fiscal. En el enfrentamiento entre la potestad tributaria del Estado y los derechos fundamentales de los contribuyentes, ninguno de ellos debe estar completamente suprimido debido a lo otro. Con fundamento en los principios de razonabilidad y proporcionalidad, debe buscarse ponderadamente garantizar los derechos de los contribuyentes, sin sacrificar la actividad fiscal, y viceversa. Hay previsiones de la Constitución Federal de 1988 cuanto a los derechos y garantías individuales y, entre éstos, es clara la protección al contribuyente, sin embargo, estas previsiones no son siempre suficientes para la garantía de esos derechos. Se hace necesario entonces, una norma que venga a instrumentalizar y traer eficacia a la disposición constitucional. Positivando el Estatuto del Contribuyente, unido a la Constitución Federal y el código tributario nacional, como base del sistema tributario brasileño, obtendríamos la tríade en los cuales se enumeran los derechos y garantías de los contribuyentes. Sería un mecanismo importante en la aplicación de las normas constitucionales y un paso más en la consolidación del Estado democrático de derecho.


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