Leioa, España
Ante la comisión de los crímenes más graves que afectan a la comunidad internacional, esto es, los crímenes de guerra contra la humanidad y genocidio, la privación de la libertad parecía ser la única pena con capacidad de mostrar el especial reproche que merecen estos ilícitos internacionales. No obstante, en los actuales procesos de justicia transicional han comenzado a imponerse tanto penas alternativas a la prisión, como excesivas reducciones a las condenas que podrían llegar a cuestionar el principio de proporcionalidad. Teniendo en cuenta esta tendencia en auge, en el presente trabajo se examina su legalidad a través del proyecto de Ley de justicia transicional de El Salvador. Para ello, tras contextualizar el caso, se analiza el alcance de la obligación de los Estados de sancionar desde la perspectiva del Derecho Internacional y se reflexiona acerca de las particularidades que plantea su aplicación en los complejos escenarios de transición.
After the commission of international crimes –that is, war crimes, crimes against humanity and genocide– prison sentence seems to be the only one with the capacity to express the especial condemn that this international illicit deserves. However, in recent transitional justice processes, alternatives to prison and lenient sentences (where the proportionality principle could be questioned) starts to prevail. Taken into consideration the growth of this tendency, the present work examines its legality through the legislative draft of transitional justice of El Salvador. To achieve this aim, and once the case has been contextualized, States obligation to sanction those crimes will be analyzed, taking into consideration the difficulties that causes its application in complex transitional processes.
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