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Una radiografía constitucional de los derechos sociales

    1. [1] Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra

      Pontificia Universidad Católica Madre y Maestra

      Santiago, República Dominicana

  • Localización: Saber y Justicia, ISSN-e 2676-0827, ISSN 2305-2589, Vol. 2, Nº. 20, 2021, págs. 5-34
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • A constitutional radiography of social rights
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La constitucionalización del contenido originario de socialización, que es inherente a la cláusula del Estado social y democrático de derecho, supone reconocer un conjunto de condiciones existenciales mínimas que constituyen precondiciones necesarias para establecer y conservar una democracia constitucional. Estas condiciones forman parte del «contenido esencial» de los derechos sociales, los cuales están ubicados al mismo nivel normativo que las libertades fundamentales y que los derechos políticos dentro de esta fórmula constitucional. En este trabajo procuramos demostrar que los derechos sociales son auténticos derechos fundamentales que están garantizados en los tratados, pactos y convenciones internacionales, así como en las normas iusfundamentales que conforman el texto constitucional. Los derechos sociales poseen una estructura común a los «clásicos» derechos civiles y políticos, pues ambas categorías imponen obligaciones positivas y negativas que reconocen una posición jurídica en favor de las personas.

    • English

      The constitutionalizing of the original content of socialization that is inherent in the clause of the social and democratic state of law supposes to recognize a set of minimum existential conditions that constitute necessary preconditions to establish and preserve a constitutional democracy. These conditions are part of the “essential content” of social rights, which are located at the same normative level as fundamental freedoms and political rights. In this article we try to demonstrate that social rights are authentic fundamental rights that are guaranteed in international treaties, as well as in the constitutional text. Social rights have a structure common to the “classic” freedoms and political rights because both categories impose positive and negative obligations that recognize a legal position in favor of people.


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