Badajoz, España
El autor, en estos tiempos de la pandemia de coronavirus, hace un repaso, en primer término, de los modelos históricos del Derecho de necesidad en el mundo occidental, para pasar, en un segundo término, al estudio de los componentes que deben ordenar este Derecho de las crisis en la actualidad. En este contexto, este trabajo, partiendo de la idea de que la teoría de la necesidad no constriñe su virtualidad únicamente a los peligros más extremos para la vida de los Estados, recuerda la obligación que asiste a los Poderes Públicos de asegurar la realización de los fines esenciales de la comunidad social, así como los elementos configuradores del concepto de necesidad, sus efectos fundamentales, sus límites y sus controles.
The author, in these times of the coronavirus pandemic, reviews, firstly, the historical models of the Law of the exception in the Western world; and secondly, it studies the components that should order this Law of crisis today. In this context, this work, starting from the idea that the theory of emergency does not constrain its virtuality only to the most extreme dangers for the life of States, recalls the obligation of the Public Powers to ensure the realization of the essential purposes of the social community, as well as the shaping elements of the concept of emergency, its fundamental effects, its limits and its controls
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