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El reconocimiento del derecho a solicitar protección internacional en las embajadas y consulados de España (a propósito de la STS 3445/2020)

    1. [1] Universidad de Castilla-La Mancha

      Universidad de Castilla-La Mancha

      Ciudad Real, España

  • Localización: Revista electrónica de estudios internacionales (REEI), ISSN-e 1697-5197, Nº. 41, 2021
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The recognition of the right to apply for international protection in Spanish embassies and consulates (comments on the Supreme Court judgment 3445/2020)
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Motivado por el contumaz incumplimiento tanto de la obligación de desarrollo reglamentario del artículo 38 de la ley de asilo como de la obligación administrativa de resolver las solicitudes de protección internacional presentadas en el exterior, la sentencia del Tribunal Supremo de 15 de octubre de 2020 supone el reconocimiento del derecho a solicitar protección internacional en embajadas y consulados así como la obligación, en caso de silencio administrativo, de trasladar a España al solicitante. Incidiendo claramente en el meollo del problema suscitado en torno al llamado visado humanitario, con ese reconocimiento se incorpora al Derecho español un derecho deliberadamente eludido por la legislación de la Unión Europea, cuestionablemente negado por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (X y X c. Bélgica) y por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (M.N. c. Bélgica), y progresivamente suprimido en los Estados de nuestro entorno. En un contexto de creciente presión migratoria sobre nuestro país, en la presente contribución se formulan las líneas generales de una posible respuesta al reto así planteado basada en el respeto de las exigencias jurídicas y el compromiso con el derecho de asilo, por un lado, pero también en la necesidad de tomar en consideración la capacidad de nuestro sistema de asilo, por otro.

    • English

      In a judgement based on the persistent violation of the required regulatory development of the 2009 Spanish Asylum Act, last October the Spanish Supreme Court has recognized the right to apply for international protection in Spanish Embassies and Consulates. In the context of the so-called Human Visa problem, this recognition implies the incorporation to Spanish Law of a right deliberately eluded in EU Law, questionably rejected by both the European Court of Justice in X and X v. Belgium and the European Court of Human Rights in M.N. v. Belgium, and progressively suppressed in European States national Laws. Under a growing migratory pression background, this study suggest that the challenge posed by this decision requires a response that balances a Law-abiding approach and the commitment to the right of asylum, on the one side, and the real capabilities of the Spanish Asylum system, on the other.


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