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Secularizar el desastre. El Artículo 45 del Código Civil Chileno de 1855.

  • Autores: Loris De Nardi
  • Localización: Revista de historia del derecho, ISSN-e 1853-1784, ISSN 0325-1918, Nº 58, 2019, págs. 59-78
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • El Código Civil Chileno de 1855 contiene algunos elementos característicos que resultan muy innovadores por la época de su redacción. Entre estos, sin duda, figura el Artículo 45: la norma que por situarse en el Título preliminar eleva el caso fortuito a categoría general. A partir de esta premisa, después de presentar la codificación iberoamericana decimonónica y el proceso de elaboración del Código Civil Chileno, se exhibirán las dinámicas históricas que llevaron a los codificadores a incluir el Artículo 45 en el Título preliminar; se particularizarán las necesidades políticas que determinaron esta decisión; y, finalmente, se avanzará en la hipótesis que sostiene que Andrés Bello podría no ser el padre de este artículo del Código.


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