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La clasificación de los sistemas jurídicos. Taxonomía, enseñanza y progreso del conocimiento

  • Autores: Gilles Cuniberti
  • Localización: Revista Electrónica del Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio Lucas Gioja, ISSN-e 1851-3069, Nº. 24, 2020, págs. 122-140
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The classification of legal systems. Taxonomy, education and progress of knowledge
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Los sistemas jurídicos pueden ser clasificados según varios criterios, y la teoría de las familias jurídicas es sólo un proyecto de clasificación de los sistemas jurídicos entre otros. El objetivo de este Artículo es cuestionar la legitimidad de la clasificación de los sistemas en general.

      Puesto que la taxonomía es un proyecto científico común a muchas ciencias, el Artículo analiza los objetivos de la taxonomía en biología y en química y ofrece varias lecciones para la ciencia jurídica: 1) cualquier clasificación es una contribución al conocimiento y califica como investigación fundamental, 2) si la taxonomía tiene aplicaciones prácticas importantes en las ciencias naturales, es dudoso que también sea el caso para la clasificación de lo sistemas jurídicos. Finalmente, contrariamente a muchos autores, el Artículo concluye rechazando la idea que esta clasificación podría ser útil al menos para la enseñanza del derecho.

    • English

      Legal systems can be classified according to various criteria, and the theory of legal families is just a project to classify legal systems among others.

      The purpose of this Article is to question the legitimacy of the classification of systems in general. As taxonomy is a scientific project common to many sciences, the Article analyses the objectives of taxonomy in biology and in chemistry and draws several lessons for legal science: 1) any classification is a contribution to knowledge and qualifies as fundamental research, 2) if taxonomy has important practical applications in life sciences, it is doubtful whether this is also the case for the classification of legal systems. Finally, unlike many authors, the Article concludes by rejecting the idea that this classification could at the very least be useful for law teaching.


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