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Hermenéutica jurisprudencial. De la hipotrofia de los derechos subjetivos a la gestión del tránsito de una sociedad homogénea a otra híbrida

    1. [1] Tribunal Supremo

      Tribunal Supremo

      Madrid, España

  • Localización: Anuario de la Facultad de Derecho. Universidad de Extremadura, ISSN 0213-988X, ISSN-e 2695-7728, Nº 35, 2019, págs. 345-370
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Jurisprudential Hermeneutics. From the Hypotrophy of Subjective Rights to the Management of the Transition from a Homogeneous Society to a Hybrid One
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Nuestros jueces no son meros proclamadores de las reglas jurídicas y, con-secuentemente, el proceso de interpretación y aplicación de las normas no se ventila merced a un silogismo simple. La referencia a valores y el cada vez más rápido cambio de las circunstancias sociales, culturales y económicas han acen-tuado el dinamismo del sistema jurídico, liquidez que se ha visto reflejada en leyes perfunctorias, de escasa calidad técnica, que difícilmente pueden abarcar los distintos supuestos conflictivos y que deben ser aplicadas en un contexto marcado por una creciente e irreversible diversidad socio-cultural. Consecuen-temente, en esta coyuntura, el rol del juez se potencia extraordinariamente, lo que no significa asignar al juez de funciones propias de los restantes poderes, por más que se esté convirtiendo en el complemento indispensable de la ley, sometido, eso sí, a un intenso deber de motivar sus decisiones con sujeción a los estrictos cánones de la argumentación jurídica. La motivación se convierte así en un auténtico ensayo de persuasión, del que pende la valoración de la legiti-midad última de las formas de ejercicio de la función jurisdiccional. La única respuesta para lograr una percepción sociológica favorable de la función herme-néutica encomendada a las altas instancias jurisdiccionales radica, por tanto, en la expectativa cultural de que los jueces deben comportarse independiente-mente. Estamos por tanto ante lo que se podría denominar un ejercicio de «legitimidad social hermenéutica», es decir, el grado de confianza y de credibilidad social que una institución (el sistema de Justicia en este caso) amerita entre la ciudadanía.

    • English

      Our judges are not mere proclaimers of legal rules and, consequently, the process of interpretation and application of rules is not ventilated thanks to a simple syllogism. The reference to values and the increasingly rapid change in social, cultural and economic circumstances have accentuated the dynamism of the legal system, liquidity that has been reflected in perfunctory laws, of poor technical quality, that can hardly cover the different conflicting assumptions and that must be applied in a context marked by a growing and irreversible socio-cultural diversity. Consequently, at this juncture, the role of the judge is strengthened extraordinarily, which does not mean assigning the judge func-tions proper to the other powers, even though it is becoming the indispensable complement to the law, subject, of course, to an intense duty to motivate their decisions subject to the strict canons of legal argumentation. Motivation thus becomes a veritable trial of persuasion, from which hangs the assessment of the ultimate legitimacy of the forms of exercise of the jurisdictional function. The only answer to achieve a favorable sociological perception of the hermeneutic function entrusted to the high jurisdictional instances lies, therefore, in the cul-tural expectation that judges should behave independently. We are therefore before what could be denominated an exercise of "hermeneutic social legitimacy", that is to say, the degree of confidence and social credibility that an in-stitution (the Justice system in this case) deserves among the citizens.


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