Este trabajo tuvo por objeto la revisión de la situación legal y jurídica de la maternidad subrogada en España, a propósito de la sentencia emitida por el Tribunal de Estrasburgo que obliga al reconocimiento de la filiación de los nacidos mediante la técnica de la gestación por sustitución, pese a la denegación inicial por la Corte de Casación, lo que implica la confrontación entre nuestro derecho positivo, que niega el recurso a esta práctica reproductiva, y la aplicación de este por nuestro Tribunal Supremo que, si bien parte de la nulidad más absoluta del contrato de gestación subrogada fomenta el turismo reproductivo y, por tanto, el recurso a esta técnica al permitir la regularización —para el caso concreto— de la situación de los menores afectados, a tenor del fallo de 6 de febrero de 2014, aseverándose en el mismo sentido en el auto aclaratorio, datado un año más tarde a propósito de la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (stedh), de 24 de junio de 2014.
This paper aims to review the legal status of surrogacy in Spain concerning the judgment of the Court of Strasbourg which requires the recognition of the parentage of children born using the technique of gestation substitution despite the initial refusal by the Court of Cassation which implies the confrontation between our positive law, which denies the use of this reproductive practice and application by our Supreme Court that although part of the absolute nullity of the contract of gestation surrogate promotes reproductive tourism and therefore the use of this technique to allow the concrete-case regularization to the situation of children affected under the ruling of the sts of February 6, 2014, after the Court Decision clarifying dated a year later in connection with the jechr of June 24, 2014.
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