Leioa, España
Al tratar de determinar el sentido que el término “pirata” ha podido adquirir en nuestro tiempo, inmediatamente surge la cuestión de que este no es uno, sino varios. Un vistazo a los modos en que el fenómeno de la piratería ha sido denominado a lo largo de los siglos, muestra que siempre ha estado rodeado de un halo de indeterminación. Es decir, que los actos de depredación naval han sido calificados y denominados de diferentes maneras en función de las circunstancias de cada momento. Los distintos enfoques que desde antiguo se han utilizado para aproximarse a la cuestión, así como una corriente iuspositivista contemporánea que justifica la necesidad de no definir el fenómeno, llevan a la conclusión de que nos encontramos ante una cuestión tan política y moral como jurídica
If we try to define the meaning that the word ‘pirate’ could have acquired in our times, the fact that this meaning is not one, but many, immediately shows up. A view to the ways in which the phenomenon of piracy has been denominated along the centuries, shows that an indetermination shroud has surrounded it. That is, the acts of naval depredation had been described and denominated in different ways depending on the circumstances of each moment. The different views used since past times to approach the issue, along with a contemporary legal positivist trend that justifies the need of not defining the phenomenon, leads to the conclusion that we face a legal issue strongly related to politics and moral
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