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La justicia alternativa como derecho humano

    1. [1] Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

      Universidad Juárez Autónoma de Tabasco

      México

  • Localización: Jurídicas CUC, ISSN 1692-3030, ISSN-e 2389-7716, Vol. 15, Nº. 1, 2019, págs. 263-284
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Alternative justice as a human right
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Este artículo aborda el tema de la justicia alternativa como derecho humano de las personas, reconocido en los artículos ١° y ١٧ de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos-EUM, exponiendo sus antecedentes y justificandola como derecho humano, realizando una crítica respecto a la carencia de programas o políticas públicas institucionales para divulgar la existencia de los diversos métodos de esta justicia para la solución de conflictos. Asimismo, se identifica como el acceso a ella, garantiza los procesos de transformación social, cultural y judicial en los que prevalece una cultura de paz y concordia basada en procesos de integración, participación e inclusión ciudadana en las instituciones, respetando y protegiendo la dignidad de todo individuo. La metodología utilizada fue el método deductivo, partiendo de lo general a lo particular se revisó la doctrina, las legislaciones y los criterios de interpretación publicados por el Poder Judicial de la Federación relacionado con este tema, de modo, con una técnica de investigación documental apropiada para este trabajo. Lo cual permitio identificar el alcance de la cultura de paz a partir de la aplicación sustantiva de la justicia alternativa desde el aspecto jurisdiccional y no jurisdiccional, la importancia de la profesionalización del facilitador, la necesidad de implementar desde diversos ámbitos la educación para la recomposición del sistema de justicia en México, así como considerar la formación educativa de los mecanismos alternativos para atender problemas en diversos ámbitos como ambiental, escolar, mercantil, pena y laboral, entre otros.

    • English

      This article addresses the issue of alternative justice as a human right of individuals, recognized in articles 1 and 17 of the Political Constitution of the United Mexican States-EUM, exposing its antecedents and justifying it as a human right, criticizing the lack of programs or institutional public policies to publicize the existence of the various methods of this justice for conflict resolution. Likewise, it is identified as access to it, it guarantees the processes of social, cultural and judicial transformation in which a culture of peace and harmony prevails, based on processes of integration, participation and citizen inclusion in institutions, respecting and protecting the dignity of every individual. The methodology used was the deductive method. From the general to the particular, the doctrine, legislation and interpretation criteria published by the Judicial Branch of the Federation related to this topic were reviewed, using a documentary research technique appropriate for this work. This made it possible to identify the scope of the culture of peace based on the substantive application of alternative justice from a jurisdictional and non-jurisdictional standpoint, the importance of the professionalization of the facilitator, the need to implement education for the re-composition of the justice system in Mexico from various spheres, as well as to consider the educational training of alternative mechanisms to address problems in various spheres such as environmental, school, commercial, punishment and labor, among others.


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