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El Estado garante de protección de derechos frente a la ineficacia de los sistemas penitenciarios de México y Colombia.

  • Autores: Omar Huertas Díaz, Daniel Montero Zendejas, Cristina Rumbo Bonfil
  • Localización: Diálogos de saberes: investigaciones y ciencias sociales, ISSN 0124-0021, Nº. 48, 2018, págs. 197-211
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The guarantor-of-rights State in the face of the inefficiency of prison systems in Mexico and Colombia.
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      El Estado constitucional de derechos busca como principal objetivo la paz y el bienestar social, además de brindar los mecanismos necesarios para garantizarles a todos los miembros de la sociedad el pleno uso de sus derechos fundamentales y la seguridad jurídica necesaria para no vulnerar en ningún momento el goce de dichas facultades. El derecho penitenciario debe ser visto hoy en día más como aquella facultad sancionadora del Estado, que es, entre otras cosas, la posibilidad del saneamiento social y de la implementación de políticas públicas que acerquen o, mejor dicho, terminen con la “brecha” entre la pena y su ejecución. El Estado ya no puede tan solo crear leyes cada vez más duras para inhibir conductas antisociales y antijurídicas, tiene además que concebir los mecanismos para que aquellos sujetos que en estricto apego a la ley penal hayan cumplido con esa sanción tengan la posibilidad de “reinsertarse adecuadamente a la sociedad”, no solo en un afán garantista, sino como la única forma de prevenir nuevas conductas delictivas.

    • English

      The main objectives of the constitutional rule of law are peace and social welfare, in addition to providing the necessary mechanisms to guarantee all members of society the full use of their fundamental rights and the necessary legal security to avoid their violation. Penitentiary law must be seen today as the penalizing faculty of the State. This faculty is, among other things, the possibility of social sanitation and the implementation of public policies that help bridge the gap between the penalty and its execution. The State can no longer create harder laws to inhibit antisocial and unlawful behavior. It must devise the mechanisms that allow individuals who, in strict adherence to criminal law, have complied with their penalty to “reinsert themselves properly into society”, not only in the spirit of a guarantee, but as the only way to prevent new criminal behavior.


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