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La edición del Compendium Constitucionum Generalium Cathalonie de Narcís de Sant Dionís, por parte del Departament de Justícia de la Generalitat de Catalunya con autoría de Daniel Álvarez

  • Autores: Guillermo Hierrezuelo Conde
  • Localización: Revista Crítica de la Historia de las Relaciones Laborales y de la Política Social, ISSN-e 2173-0822, ISSN 2386-6039, Nº. 11 (Diciembre 2017-Mayo2018), 2017-2018, págs. 194-196
  • Idioma: español
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  • Resumen
    • Narcís de Sant Dionís pertenece a la rama de una familia barcelonesa del siglo XV, cuyo miembro más destacado es Guerau de Sant Dionís. Contrajo matrimonio en 1360 con Margarida Bordils, perteneciente a una de las familias más ricas de Barcelona, y de ese matrimonio nacieron cuatro hijos: Dalmau, Bernat, Auda y Francesca. Llegó a ocupar diversos cargos, entre ellos el de Juez real y síndico en las Cortes de Cervera (1359); Juez ordinario de Girona (1362); conseller real en las Cortes de Barcelona (1379-1380); vicario general del Obispo de Girona Joan de Casanova, entre 1433 y 1435; vicario general del Obispo de Barcelona (1433-1445); e incluso Juez del Tribunal de la Inquisición. En el trienio 1416-1419, la Diputación del General le encargó, junto con Francesc Basset, la primera Compilación de las leyes generales del Principado. En la redacción del Compendium conserva buena parte del material utilizado en la tarea compiladora: Usatges, Constituciones, copia de leyes, etc. En efecto, Narcís de Sant Dionís se presentó como el auténtico artífice organizador de la Compilación (p. 44). Esta labor la ultima en solitario a partir de 1421, con la elaboración del Compendium, que recoge el cuerpo legislativo catalán, aunque en algunos casos incluso llegó a superar el propio texto. En efecto, algunos autores consideran que en la ordenación de la Compilación sigue el Código de Justiniano. El 31 de agosto de 1413 se promulgó en las Cortes de Barcelona la Constitución Per tal que les leys, que establece la recopilación de las leyes catalanas de los Usatges, las Constituciones y los Capítulos de Corte, así como la elaboración de un volumen en latín con dichas leyes, y otro volumen con doble traducción: latina y catalana. En la elaboración de estos textos estuvo presente la labor de Narcís de Sant Dionís, aunque no desde el primer momento, sino que continuó la labor iniciada por Jaume Callís y Bonanat Pere, junto con Pere Regassol. Al valorar la versión latina, Daniel Álvarez entiende que lo más probable es que ésta fuera la versión original (pp. 14 y 46). Sin embargo, matiza, «ambas versiones son complementarias y redundan en los mismos elementos jurídicos» (p. 14). Además, con el Compendium Narcís de Sant Dionís pretendió superar a la Compilación, formando una obra miscelánea que recogería, entre otros textos, las leyes catalanas.


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