La adaptación de los estudios universitarios al denominado proceso de Bolonia dejaba sin resolver una importante cuestión: cómo homologar los títulos universitarios obtenidos en instituciones extranjeras o en centros españoles adscritos a un programa foráneo. El nuevo Real Decreto 967/2014, de 21 de noviembre, regula tal materia y establece los requisitos necesarios para que los estudios extranjeros puedan equipararse a los españoles; diferenciando entre tres figuras: homologación, declaración de equivalencia y convalidación. Con respecto a la primera ésta se considerará cuando se quiera homologar un título extranjero a una titulación universitaria española que dé acceso a una profesión regulada; si el título no habilita para el ejercicio profesional se optará por la declaración de equivalencia a un nivel académico y a la titulación correspondiente y, para el resto de supuestos, habrá que acudir a la convalidación. Lejos de lo que pueda parecer, el reconocimiento de titulaciones y estudios extranjeros es un instrumento fundamental para lograr la movilidad de estudiantes y la atracción de talento a España. Por ello, el presente artículo aborda la nueva regulación en materia de validez de titulaciones superiores extranjeras en España a raíz de la entrada en vigor del Real Decreto 967/2014, haciendo especial hincapié entre las distintas figuras que diferencia el texto normativo y reparando en la evolución que ha sufrido los sistemas para dar efectividad a los títulos extranjeros en nuestro país.
The adaptation of the university studies to theBologna process did not solve an important question: how post-secondary degrees obtained in foreign institutions or Spanish centers were written through a program for sports. The new Royal Decree 967/2014, November 21, regulates the matter and establishes the necessary requirements so that foreign studies can be compared to Spaniards; differentiating between three figures: homologation, declaration of equivalence and validation. With regard to the first, this will be considered when you have a foreign degree to a Spanish university degree that gives access to a regulated profession; if the title does not qualify for professional practice, the declaration of equivalence is chosen at an academic level and the corresponding degree and, for the rest of the cases, validation.
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