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Formalismo o antiformalismo en el contencioso administrativo.

    1. [1] Universidad de la República (UdelaR) Universidad Católica del Uruguay (UCU) Instituto Universitario Politécnico del Uruguay Centro Latinoamericano de Economía Humana (CLAEH)
  • Localización: Revista de Derecho: Publicación de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica de Uruguay, ISSN 1510-3714, ISSN-e 2393-6193, Nº. 10, 2014 (Ejemplar dedicado a: Revista de Derecho), págs. 59-91
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Formalism or antiformalism in the Contentious Administrative.
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Resumen: Nuestro contencioso administrativo de anulación fue concebido en base al dogma revisor, de origen francés. Eso, unido a la filosofía jurídica imperante en la época en que se implantó y a exigencias políticas propias del momento, llevó a la adopción de un estricto formalismo en lo que refiere al acceso al proceso, tanto en lo relativo a la legitimación activa, como a la exigencia del previo agotamiento de la vía administrativa, así como en cuanto a la fijación de plazos de caducidad para accionar. Con el neoconstitucionalismo varió la visión del derecho. La perspectiva del ordenamiento jurídico desde los derechos humanos, que ahora se impone en el caso, desde el derecho a la tutela judicial efectiva, lleva a cuestionar todos esos ritualismos en beneficio del acceso al proceso.

    • English

      Abstract: Our contentious administrative cancellation was conceived based on the reviewer dogma, of French origin. That, coupled with the prevailing legal philosophy in the era in which it was implemented and political requirements of the time, led to the adoption of a strict formalism with regards to access to the process, both as regards theactive legitimation, as to the requirement of prior exhaustion of administrative remedies as well as regards the fixing of time limits for revocation to operate. With the neoconstitucionalismo varied vision of the law. The perspective of the legal system from the human rights, which is now imposed in the case, since the right to effective judicial protection, leads to question all those ceremonials for the benefit of access to the process.


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