Este artículo analiza el origen jurisprudencial del "deber de prevenir" violaciones a los derechos humanos y el desarrollo posterior que ha tenido este concepto de la mano de los fallos de la corte interamericana de derechos humanos y de parte de la doctrina. Como consecuencia de lo anterior, este deber justificaría para sus partidarios, un creciente intervencionismo estatal en las actividades de los ciudadanos, con el fin de impedir y eventualmente sancionar estas violaciones, y evitar así una responsabilidad internacional del estado por estos hechos.
Este artículo analiza el origen jurisprudencial del «deber de prevenir» violaciones a los derechos humanos y el desarrollo posterior que ha tenido este concepto de la mano de los fallos de la corte interamericana de derechos humanos y de parte de la doctrina. Como consecuencia de lo anterior, este deber justificaría para sus partidarios, un creciente intervencionismo estatal en las actividades de los ciudadanos, con el fin de impedir y eventualmente sancionar estas violaciones, y evitar así una responsabilidad internacional del estado por estos hechos.
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