Argentina
Con la entrada en vigencia de la reforma y unificación de los Códigos Civil y Comercial en la República Argentina se incorpora a la legislación general y en especial a la relativa a contratos de consumo el criterio de interpretación de las normas conforme a los tratados internacionales de derechos humanos, con basamento primario en la dignidad humana y el principio de no discriminación, reflejando un fenómeno que la doctrina ha denominado “constitucionalización del Derecho Privado”. Esta impregnación de principios del Derecho Internacional de los Derechos Humanos hace irreversibles los niveles de protección alcanzados para consumidores y usuarios por las legislaciones domésticas, dada la vigencia del principio de no regresividad propio de los derechos económicos, sociales y culturales.
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