Los derechos humanos son expresados en la ley humana. Por principio, es notoria la configuración existencial de dos planos codependientes e íntimamente relacionados. Por un lado, el “derecho humano” y, por otro, la “ley”. El primer plano debe considerarse desde la propia facultad de cada ser humano, es decir, el ser que nace “ya” con tales posibilidades que lo habrán de situar en y con-el-mundo. Así, el ser humano, en tanto una constitución cuerpo-mente-espíritu conlleva en sí la unidad del derecho en cada una de sus estructuras. Derecho, entendido de esta manera, es la posibilidad generadora del movimiento por el cual “nos hacemos humanos”, “nos humanizamos”.
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