Lograr el objetivo de proteger jurídicamente a los menores en condiciones de paz, libertad, dignidad y seguridad conlleva una ingente dificultad en el ámbito internacional: armonizar la pluralidad de legislaciones que coexisten en el mundo, entre las que no existe uniformidad ni se da una respuesta única que sea aceptada por todos los países a la hora de regular la mayoría de edad penal, tipificar cuáles son las conductas delictivas o definir cómo han de ser las penas que se impongan a los menores que delinquen. De ahí la necesidad de valorar positivamente el esfuerzo que se viene realizando, en el marco de la ONU, para implantar un “mínimo común” que sea válidamente aplicable en los diferentes sistemas jurídicos que convivimos en La Tierra.
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