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El equilibrista desorientado: la dinámica evolutiva de las cláusulas contractuales en contratos predispuestos y el mito de la baja calidad de los contratos de consumo

    1. [1] Pontificia Universidad Católica del Perú

      Pontificia Universidad Católica del Perú

      Perú

  • Localización: Derecho PUCP: Revista de la Facultad de Derecho, ISSN 0251-3420, ISSN-e 2305-2546, Nº. 74, 2015, págs. 249-267
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • The desorientaded aerialist: Evolutionary dynamics of contract clauses in predisposed contracts and the poor quality myth of consumer contracts
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      Los contratos predispuestos  - peyorativamente conocidos como «contratos de adhesión»—  tienen  mala  fama.  Una  buena porción de académicos y un mayoritario sector de las autoridades de protección al consumidor suelen creer que la ausencia de negociación y la preponderancia de derechos o beneficios asignados al proveedor (versus los costos, obligaciones o limitaciones impuestos al consumidor) revelan una suerte de abuso en contra de una presunta parte débil de la relación de consumo. En este artículo, el profesor Rodríguez García sostiene que la visión hostil o escéptica respecto de los contratos predispuestos es equívoca y se funda en una comprensión pobre de los incentivos y fines que este tipo de contratación desempeña. Por el contrario, el autor pretende poner de manifiesto que el control de las cláusulas contenidas en contratos de consumo perjudica al consumidor y que, por tanto, es una forma de control que debería ser eliminada del sistema legal.

    • English

      The standard-form agreements, pejoratively labeled as “adhesion contracts”, have bad reputation. A significant number of academics and most of consumer protection authorities often believe that the absence of negotiation and the preponderance of rights and benefits assigned to suppliers (versus costs, obligations or limitations imposed to consumers) show a kind/ sort of abuse against an alleged weak party of the consumption relationship. In this article, Professor Rodríguez García states that the skeptic and hostile vision regarding the standard-form agreements is wrong and is based on a poor understanding of the incentives and purposes that this type of contractingfulfills. On the contrary, the author intends to state that the control of clauses included in  consumption contracts  is prejudicial to consumers. Therefore,this is a control type that should be removed from the legal system.


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