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Selección, perfil profesional y formación inicial de los jueces en España.

  • Autores: Jordi Jaria i Manzano
  • Localización: Revista de educación y derecho = Education and law review, ISSN 2013-584X, ISSN-e 2386-4885, Nº. 3 (El acceso a la carrera judicial en España), 2011
  • Idioma: español
  • Títulos paralelos:
    • Selection, Professional Profile and Initial Training of Judges in Spain.
  • Enlaces
  • Resumen
    • español

      La función jurisdiccional ha cambiado de forma significativa a partir de la consolidación de lo que se ha dado en llamar “estado constitucional de derecho” o “neoconstitucionalismo”, por contraposición al “estado legal de derecho” y al “iuspositivismo legalista”, en los sistemas jurídicos continentales. En lo que podría calificarse como un nuevo paradigma jurídico, es evidente que el rol de los jueces cambia, en la medida en que ya no pueden limitarse a una aplicación mecánica de la ley, sino que deben contrastarla con las previsiones constitucionales, abiertas y axiológicamente densas. Ello va aparejado al reforzamiento del juez como gestor del conflicto social, una responsabilidad que supera su condición de “boca de la ley”, que se le había asignado a partir de Montesquieu. Esta situación debe contrastarse con el proceso de selección y la formación inicial de los jueces en España, centrada desde 1870 en el modelo de oposición, que, a medida que se consolidaba, se revelaba como particularmente impermeable a la introducción de factores de corrección. La oposición, tal como está planteada, nos acerca hacia un modelo de juez que es, justamente, el que la Constitución de 1978, la cultura jurídica europea común que va desarrollándose en este momento, y la complejidad e incertidumbre que conlleva la llamada globalización convierten en anacrónico. En este marco, la inserción en el Espacio Europeo de Educación Superior de los estudios de derecho y la reforma del acceso a la abogacía suponen oportunidades para iniciar el proceso hacia un cambio de modelo en la selección y la formación inicial de los jueces.

    • English

      The judicial function has changed significantly since the consolidation of what has been named “constitutional legal system” or “neoconstitutionalism”, as a contrary of the “legalist legal system” or “legalist positivism”, in civil law systems. In what can be considered as a new legal paradigm, it is obvious that the role of judges changes, being that they cannot limit themselves to a mechanical application of the (statutory) law, but they should taking into account constitutional previsions, open and axiologically dense. This takes place alongside with the strengthening of the judge as manager of social conflict, responsibility which exceeds the role as a “mouth of the law”, which has been assigned to he/she since Montesquieu. This situation has to be contrasted with the selection process and initial training of judges in Spain, centered since 1870 in a model of competitive examination, which has been particularly impervious to the introduction of correction factors, since its progressive consolidation. As it is conceived nowadays, competitive examination brings us closer to a model of judge which is what Spanish Constitution, the emerging European legal culture and the complexity and uncertainty derived from what is call globalization turn into anachronistic. In this situation, the insertion of legal studies into the European Higher Education Area and the reform of the admission to the Bar in Spain are opportunities to start the process to change the model of selection and initial training of judges.


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