Para solucionar la congestión de la jurisdicción de lo contencioso administrativo se crearon 257 juzgados administrativos, que recibirán el 73% de la carga actual de los tribunales. Por esta razón, los juzgados nacerán congestionados. Sólo mediante la aplicación de los principios de economía procesal y la dirección del proceso, podrán lograr que los procesos a su cargo se tramiten en forma más rápida que en los tribunales. Para este efecto, en este estudio se señala un conjunto de normas previstas en los códigos de Procedimiento Civil y Contencioso, cuya aplicación práctica, de conformidad con las directrices jurisprudenciales, permite combatir el ritualismo injustificado y las prácticas dilatorias de los apoderados. En consecuencia, competerá a los nuevos jueces administrativos cambiar la tradicional actitud pasiva y complaciente, para asumir su nuevo rol de director del proceso. Para este efecto se requerirá la aplicación de las mejores prácticas y de la economía procesal, especialmente en las etapas de admisión de la demanda y de decreto de pruebas. Con este objetivo deberán preocuparse por: a) tramitar únicamente los procesos que tengan viabilidad legal, por reunirse cabalmente los presupuestos procesales de: demanda en forma, competencia del juez y oportunidad de la acción; b) limitar el decreto y la práctica de pruebas a las estrictamente necesarias y conducentes, o sustituirlas por las más expeditas y eficaces; y c) mediante la comunicación telefónica, lograr la colaboración de las partes y de los auxiliares de la justicia.
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