En el siglo XXI, los efectos multiplicadores de la educación (más allá de lo monetario) en la vida de las personas y las sociedades son innegables y por supuesto urgentes. Sen (1998) lo ha expresado claramente: “los beneficios de la educación son mayores que su función de capital humano en la producción de bienes. La perspectiva más amplia de capacidad humana puede abarcar —y valorar— estas funciones adicionales. Si una persona llega a ser más productiva en la producción mediante una mejor educación, una mejor salud, etcétera, no es absurdo esperar que también pueda dirigir mejor su propia vida y tener más libertad para hacerlo. Ambas perspectivas ponen a la humanidad en el centro de la atención”. En este sentido, educar para formar y construir personas, así como sociedades más democráticas, justas, solidarias, de derechos, de libertades, sostenibles e igualitarias es una ardua y compleja labor que debe centrarse en y desde la Perspectiva de Género. (PEG) en todos los quehaceres de las instituciones educativas: en los planes institucionales, en los presupuestos, en la gestión administrativa, en la docencia y prácticas pedagógicas didácticas, y por supuesto en los planes y programas de estudio, requerimos: transversalidad para la igualdad. Es a está lógica de ideas que este texto contribuye, como un ejercicio práctico de implementación de la (PEG) como marco teórico, analítico, y metodológico para transversalizar dicho enfoque en planes y programas de estudio en la educación superior, teniendo como objeto de la intervención a los posgrados del Colegio del Estado de Hidalgo. Tarea que debe avanzar y consolidarse en todas las instituciones de educación superior en México, a la luz de la Ley General de Educación Superior (LGES) 2021.
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