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Estudios jurídicos en torno a la Ley de Asociaciones religiosas y culto público

Imagen de portada del libro Estudios jurídicos en torno a la Ley de Asociaciones religiosas y culto público

Información General

Resumen

  • Con motivo de la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de enero de 1992, por medio de la cual se modificaron los artículos 3o., 5o., 24, 27 y 130 de nuestra ley fundamental en materia de libertad religiosa, asociaciones religiosas y ministros de culto, así como la ulterior publicación de la correspondiente ley reglamentaria, o sea la Ley de Asociaciones Religiosas y Culto Público, de 15 de julio del mismo año, surgió en México una nueva rama del derecho, la cual es denominada en los principales países europeos como “derecho eclesiástico del Estado”, o sea el conjunto de normas jurídicas de orden estatal (aunque parezca pleonasmo se reafirma este carácter estatal para no confundirlas con las normas internas de las asociaciones religiosas, como es el caso del derecho canónico) para regular las materias antes señaladas, rama del derecho que ha formado ya una fuerte tradición académica en dichos países.

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