Los constantes requerimientos de la sociedad moderna, en términos prestacionales, las necesidades regulatorias de muchos sectores, así como el fenómeno de la descentralización que ha multiplicado las instancias de decisión, unido a las exigencias de transparencia, participación y buen gobierno, han supuesto una extraordinaria expansión del Derecho Administrativo, que ha venido acompañada de un crecimiento de tecnificación, pudiendo decirse ya que el Derecho Administrativo integra un conjunto de subsistemas jurídicos, tales como el urbanismo, la contratación pública, la defensa de la competencia, la protección del medio ambiente, el régimen financiero y presupuestario o el régimen personal de la Administración, de tal modo que a veces resulta imposible, incluso para el profesional, estar al tanto de todas las normas vigentes que afectan a alguno de estos subsectores del Derecho Administrativo.
Partiendo de esta realidad, este trabajo de se centra en contrastar los límites del Derecho Penal, tradicionalmente amadrigados en la autoproclamada ultima ratio, cuando se encuentra ante la tesitura de desplegar sus potentes y devastadores efectos frente a una actuación administrativa presuntamente reprobable. En principio, ese contexto no ofrece nada nuevo: la consolidada doctrina del Tribunal Supremo viene exigiendo un plus de antijuricidad y un dolo directo para traspasar la barrera penal. No es esta, sin embargo, la realidad que hemos vivido en los últimos 20 años.
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