Ha sido reseñado en:
Glossae: European Journal of Legal History, ISSN-e 2255-2707, ISSN 0214-669X, Nº 19, 2022, págs. 751-752
Las expresiones dignidad y derechos humanos irrumpieron en el ámbito jurídico como consecuencia de la Segunda Guerra Mundial. La Carta de San Francisco (26.6.1945) y la Declaración Universal de los Derechos Humanos (10.XII.1948) erigieron la dignidad y los derechos humanos en el nuevo fundamento del Derecho en general, y del Ordenamiento Internacional Público en particular. Fue la pérdida de 50 millones de vidas humanas (además de otros perjuicios, tanto personales como patrimoniales), lo que propició el inicio de esa nueva etapa, en la que el ejercicio del poder político se limitaba una vez más, como se hiciera en otros contextos: con los derechos naturales como respuesta al trato que algunos colonos propinaron a los indígenas en América (s. XVI), o con los derechos fundamentales como respuesta revolucionaria, en algunos países al poder omnímodo de las monarquías absolutas (s. XVIII-XIX). El reconocimiento de determinados derechos ha sido, generalmente, la respuesta a situaciones sociales moralmente insostenibles. El Derecho está precisamente para salvaguardar al individuo frente a la violencia ejercida por otros y, sobre todo, por el propio poder político. El presente estudio muestra la estrecha relación entre el desarrollo de los derechos y el establecimiento de límites al ejercicio del poder político.
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