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Cortes de los reinados de Alfonso II a Alfonso IV (1164-1328)

Imagen de portada del libro Cortes de los reinados de Alfonso II a Alfonso IV  (1164-1328)

Información General

Resumen

  • Estas Actas constituyen una documentación de gran valor histórico ya que recogen la actividad legislativa, política, social, cultural y económica del Reino de Aragón. Las Cortes de Aragón reunían en torno al rey a eclesiásticos, magnates, caballeros, infanzones y representantes de las ciudades, villas y comunidades de aldeas del reino, es decir, los cuatro estamentos o brazos en que se consideraba dividida su sociedad. El monarca las preside como señor natural y “cabeza” de una fórmula de gobierno que trata de englobar la voluntad y los recursos de todos. El proyecto emprendido por el Grupo de Investigación CEMA de la Universidad de Zaragoza permite la edición de las actas de las reuniones y de la documentación fundamental emanada de la actividad parlamentaria de Aragón y de la Corona en la Edad Media.

    Tomo I. vol. 1º: Documentos relativos a las Cortes de los Reinados de Alfonso II, Pedro II, Jaime I, Pedro III y Alfonso III.

    En el viejo reino de Aragón calaron con fuerza los nuevos conceptos que transformaban las ideas políticas y sociales del mundo occidental. La presencia de formas de poder compartido que rodearon su primera dinastía y la fortaleza de las tempranas manifestaciones de un espíritu comunitario en el seno de la joven sociedad aragonesa, abrieron la posibilidad de hablar de «communitas regni» y de «utilitas regni», precisamente cuando el recuperado derecho romano comenzaba a difundir principios como «quod omnes tangit ab omnibus approbetur».

    El aparato estatal que hace ya un milenio empezó a crearse en torno al rey de Aragón se orientó hacia el establecimiento de un órgano de consejo, la Curia, en el que la conciencia de colectividad, de pertenencia a un conjunto con vivencias y proyectos compartidos, fue llevando a todos los súbditos a considerar el territorio como patria común y ellos a convertirse en compatriotas. La potencia del movimiento urbano y la dinámica de la producción campesina, rompieron el monopolio del grupo nobiliar y cuando en el siglo XIII se estableció un sistema de representatividad, se hizo sentando en la misma sala y con similares atribuciones y capacidades a eclesiásticos, magnates, caballeros e infanzones y hombres de las ciudades, villas y comunidades de aldeas, los cuatro estamentos o brazos en que se consideraba dividida su sociedad. Este conjunto fue llamado «General de Aragón» por representar a todo el reino y poder hablar en nombre de todos.

    El «General», cuando esté reunido y presidido por el monarca, formará las Cortes que, aunque todavía de forma imperfecta, constituye el primer órgano de participación en la toma de decisiones y la expresión de soberanía compartida. Allí, el rey, aceptado como señor natural, deja de ser señor feudal y se convierte en «cabeza» de una fórmula de gobierno que engloba la voluntad y los recursos de todos. El campo de juego político quedaba marcado y las reglas aprobadas; lo que pasase después, en los siglos siguientes, dependerá ya de las sucesivas generaciones.

    Y lo que pasó fue la historia de Aragón y nos quedan testimonios abundantes de ello en las actas oficiales de las reuniones, una larga serie hasta comienzos del siglo XVI, convocadas por los sucesivos reyes para que los aragoneses, ellos solos o junto a los representantes de los demás estados de la Corona, prestaran al rey consejo, favor y ayuda en la toma de decisiones que en cada ocasión les parecieran más convenientes para todos y sancionaran con su acuerdo la política emprendida por la monarquía y sus funcionarios. Todos los acontecimientos que marcan el desarrollo histórico de Aragón y la Corona, desde las graves declaraciones de guerra exterior y la sucesión de la monarquía, hasta las cuestiones y disputas estamentales y las reclamaciones personales y locales, fueron objeto de atención en las Cortes y en las asambleas de los brazos. Detalladamente, el canciller y sus notarios anotaban en las actas todos los asuntos y las circunstancias, los acuerdos y las desavenencias. Las decisiones adoptadas afectaban ineludiblemente a todos los aragoneses de cualquier rango y condición.

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